PUBLICACIÓN

Silencio negativo en licencias de obras y primera ocupación: Una mala solución para una mala doctrina

icon 17 de julio, 2011
Resulta sorprendente que el Real Decreto-Ley 8/2011, de 1 de julio (Real Decreto-Ley en adelante), que amplía a 125 procedimientos la regla del silencio positivo como medida de simplificación administrativa (impulsada por las leyes de transposición de la Directiva de Servicios y, muy especialmente, por la Ley de Economía Sostenible), declare, en cambio, el carácter negativo del silencio para determinadas licencias, autorizaciones o certificaciones de obras y de primera ocupación para las que tradicionalmente se ha previsto el efecto estimatorio de la falta de resolución .La explicación de esta aparente contradicción se encuentra en la singularidad del silencio positivo en el ámbito de la obtención de licencias urbanísticas, como consecuencia de una interpretación jurisprudencial sui generis que causaba una gran inseguridad jurídica.

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Silencio negativo en licencias de obras y primera ocupación: Una mala solución para una mala doctrina

Autor/es

Ander de Blas – Counsel

Blanca Lozano – Consejo Académico

Tipología

Análisis

Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
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Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
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Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo

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