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Sobre la ampliación del ámbito de la anotación preventiva de la demanda

icon 8 de septiembre, 2025

Es conocido que tanto la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP) como nuestros tribunales han flexibilizado el alcance de la medida cautelar de anotación preventiva de demanda, ampliando su ámbito de aplicación. Como ha dicho la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 4 de junio de 2025 (BOE nº 158, de 2 de julio), «la práctica judicial, amparada por las Resoluciones de este Centro Directivo, ha conferido una amplitud notable a los supuestos en que procede la anotación preventiva de demanda, yendo mucho más allá de los supuestos en que se ejercitan acciones de propiedad o pretensiones que afecten al nacimiento, desarrollo o extinción de derechos reales inmobiliarios». Y, de acuerdo con esta doctrina expansiva, se admite la anotación preventiva de demanda, entre otros supuestos, «cuando la acción ejercitada pretendía la resolución de un contrato (cfr. Resolución de 8 de noviembre de 2013), cuando se pretendía la declaración de nulidad de un testamento (cfr. Resolución de 20 de noviembre de 2017), e incluso cuando la acción pretendía la declaración de indignidad de la persona llamada a una herencia (cfr. Resolución de 15 de septiembre de 2017)».

Y es que, concluye la Resolución analizada, «como ha señalado la reciente Resolución de 25 de marzo de 2021, y recoge la más reciente de 20 de diciembre de 2022, (…) no cabe desconocer que tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento civil se ha abierto la posibilidad de practicar anotaciones registrales también en los casos en que la publicidad registral sea útil para el buen fin de la ejecución (cfr. artículo 727.6 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)». Ciertamente, este precepto de la Ley de Enjuiciamiento Civil se refiere a «otras» anotaciones distintas de la de demanda, que es contemplada en el número 5 anterior, pero recoge lo que constituye la finalidad fundamental de todas ellas en cuanto medidas cautelares, a saber, asegurar el buen fin de la ejecución.

Autor/es

Faustino Cordón – Consejero Académico

Tipología

Actualidad Jurídica

Áreas y sectores

Procesal y Arbitraje

Faustino Cordón
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Consejero Académico
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Faustino Cordón
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