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Sobre la opción del acreedor ejecutante para adjudicarse el bien subastado en el caso de que la subasta quede desierta (art. 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)

icon 31 de octubre, 2017
1. El problema
 
En el caso de la subasta de un bien inmueble sin postores (subasta desierta), el artículo 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil reconoce al acreedor ejecutante la facultad («podrá el acreedor…») de solicitar, en el plazo de los veinte días siguientes al del cierre de la subasta, la adjudicación del bien…

Autor/es

Faustino Cordón – Consejero Académico

Tipología

Análisis