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La declaración por videollamada de WhatsApp en el proceso civil

icon 25 de mayo, 2026

Aunque el uso del medio telemático no fue ortodoxo, al hacerse en un domicilio privado, sin la presencia de funcionario público que asegurara in situ la correcta prestación de la declaración y con las deficiencias técnicas que se observan en la audición, tales consideraciones no deben conducir necesariamente a estimar la nulidad de la declaración, que sólo se producirá cuando se haya causado indefensión a la parte por no haber podido practicarse la prueba con la inmediación y contradicción exigibles.

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Autor/es

Faustino Cordón – Consejero Académico

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Procesal y Arbitraje

Faustino Cordón
Faustino Cordón
Consejero Académico
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Faustino Cordón
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Consejero Académico
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