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NOTICIA
¿Cómo mejorar el servicio al cliente? | El Confidencial
El Confidencial recoge cómo Gómez-Acebo & Pombo presta el mejor servicio posible a sus clientes a través de la innovación.
«Por su parte, Gómez-Acebo & Pombo se ha decantado por el apoyo de otras oficinas a nivel internacional para perfeccionar el asesoramiento que prestan a sus clientes. Este objetivo ha cristalizado en un modelo denominado como ‘blitz defense’, que permite al cliente elegir las firmas con las que trabajar en cada país, según se ajusten a sus necesidades de presupuesto y especialización. Las seleccionadas trabajan conjuntamente con la intención de mejorar el servicio. «Actualmente, utilizamos este modelo con varios de nuestros mejores clientes, entre ellos Nike Europe, donde llevamos funcionando con este modelo desde hace más de cinco años» revela Carlos Álvarez, director de innovación del despacho.
¿Cómo se materializa esta idea? El bufete ha creado una plataforma tecnológica que facilita la colaboración entre los abogados internos y externos y permite, entre otras cosas, establecer un único proceso de contratación de asuntos legales a seguir por todas las firmas, con un acuerdo global, un único presupuesto, procesos y facturación comunes de las firmas de la alianza. Además, posibilita la contratación de ‘project managers’ y favorece un entorno colaborativo para compartir de forma segura información o documentación.
Por otro lado, el estudio destaca que dos de cada 10 bufetes no gestiona de ningún modo las oportunidades y relaciones comerciales que le ofrecen sus clientes. De entre los que sí las gestionan, tan solo un 17% se sirve de un programa específico (un CRM). Más del 40% no se apoya en ninguna herramienta digital para ello o utiliza soportes rudimentarios como hojas de cálculo.»
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«Por su parte, Gómez-Acebo & Pombo se ha decantado por el apoyo de otras oficinas a nivel internacional para perfeccionar el asesoramiento que prestan a sus clientes. Este objetivo ha cristalizado en un modelo denominado como ‘blitz defense’, que permite al cliente elegir las firmas con las que trabajar en cada país, según se ajusten a sus necesidades de presupuesto y especialización. Las seleccionadas trabajan conjuntamente con la intención de mejorar el servicio. «Actualmente, utilizamos este modelo con varios de nuestros mejores clientes, entre ellos Nike Europe, donde llevamos funcionando con este modelo desde hace más de cinco años» revela Carlos Álvarez, director de innovación del despacho.
¿Cómo se materializa esta idea? El bufete ha creado una plataforma tecnológica que facilita la colaboración entre los abogados internos y externos y permite, entre otras cosas, establecer un único proceso de contratación de asuntos legales a seguir por todas las firmas, con un acuerdo global, un único presupuesto, procesos y facturación comunes de las firmas de la alianza. Además, posibilita la contratación de ‘project managers’ y favorece un entorno colaborativo para compartir de forma segura información o documentación.
Por otro lado, el estudio destaca que dos de cada 10 bufetes no gestiona de ningún modo las oportunidades y relaciones comerciales que le ofrecen sus clientes. De entre los que sí las gestionan, tan solo un 17% se sirve de un programa específico (un CRM). Más del 40% no se apoya en ninguna herramienta digital para ello o utiliza soportes rudimentarios como hojas de cálculo.»
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Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

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Gómez-Acebo & Pombo
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¡NUEVO!
El Tribunal Supremo sienta doctrina sobre precios de transferencia en relación con los sistemas centralizados de gestión de tesorería (cash poolings) de grupos multinacionales
El alto tribunal rechaza la asimetría de los tipos de interés aplicables a las posiciones acreedoras y deudoras, subraya que la retribución de la entidad coordinadora o líder del sistema de cash pooling debe ser acorde con las funciones y riesgos asumidos por ella, y confirma que la calificación crediticia de referencia para analizar estas operaciones debe ser la del grupo multinacional en su conjunto
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¡NUEVO!
¿De qué cantidad responde el fiador de una póliza de crédito en caso de concurso del acreditado?
En su Sentencia 1177/2025, de 18 de julio, el Tribunal Supremo ha venido a aclarar que los fiadores solidarios del acreditado en una póliza de crédito responden por toda la cantidad adeudada al cierre de la cuenta, con independencia del tratamiento que deban recibir en el concurso del afianzado el crédito representado por el saldo deudor
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¡NUEVO!
Contratos del Sector Público N.º 182
El plazo para el nacimiento de la inactividad administrativa, y, por ende, para la posibilidad de acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa, es, con carácter general, el de tres meses fijado en el artículo 29.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Sin embargo, la reciente Sentencia 1724/2025 del Tribunal Supremo señala que para aquellos supuestos en los que lo que se pretende en vía contenciosa es la reclamación del abono del principal y/o intereses de demora derivados de contratos el plazo para el nacimiento de la inactividad administrativa, y, por ende, para la posibilidad de acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa, es el de un mes, contemplado en la legislación de contratos del sector público
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Hace 3 días
Seguro de transporte terrestre de mercancías y seguro de responsabilidad civil del porteador
Al hilo de la Sentencia del Tribunal Supremo 1064/2025, de 2 de julio, se trata un conjunto de cuestiones relativas al seguro de responsabilidad civil del porteador y al seguro de transporte terrestre de mercancías de las que, desde hace tiempo, se han venido ocupando la doctrina y los tribunales.
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Hace 3 días
¿Es discriminatorio el complemento «antiabsentismo»?
En ocasiones, los tribunales consideran discriminatorio el complemento «antiabsentismo» al introducir un trato desfavorable ante la incapacidad temporal, bien al remunerar el complemento si es la única baja en el año natural o bien al penalizar la incapacidad temporal recurrente, constituyendo una discriminación por razón de salud.
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Hace 3 días
La aseguradora sigue siendo deudora frente a la acción directa del beneficiario, aunque internamente hubiera pagado la suma al asegurado para la reparación
Esto es, el pago al asegurado de responsabilidad civil no es un pago liberatorio frente al tercer perjudicado
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Hace 3 días
El Tribunal Unificado de Patentes se declara competente para conocer de la infracción de la parte británica de patentes europeas, aunque se discuta la validez de la patente
En una resolución de 18 de julio del 2025, la División local de Mannheim del Tribunal de Primera Instancia del Tribunal Unificado de Patentes se ha declarado competente para conocer de una demanda presentada contra tres sociedades domiciliadas en Alemania por infracción de una patente europea clásica con efectos en Alemania y en el Reino Unido. La competencia del tribunal para conocer de la infracción de la parte británica de patentes europeas no se ve afectada por el hecho de que se discuta la validez de la patente por parte de los demandados. No obstante, esta conclusión no es aplicable cuando se trata de partes españolas de patentes europeas.
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Hace 3 días
¿Es posible dictar sentencia sin haber resuelto previamente el recurso de reposición frente a la resolución que inadmite un medio de prueba?
Aunque el recurso de reposición carece de efectos suspensivos, la decisión sobre la admisión de la prueba se convierte en antecedente lógico necesario para la resolución sobre el fondo del asunto y privar de ella al interesado le causa una evidente situación de indefensión
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Hace 3 días
Beneficios fiscales de la empresa familiar en el ISD: no es necesario justificar desde un punto de vista económico la necesidad de contratar a un empleado a jornada completa
Para entender cumplido el requisito exigido por el artículo 27.2 de la Ley 35/2006, a efectos de considerar que el arrendamiento de inmuebles se realiza como actividad económica posibilitando la aplicación de los beneficios de la empresa familiar en el ámbito sucesorio, es suficiente la contratación de una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa para gestionar la actividad, sin que sea necesario justificar tal contratación desde un punto de vista económico.