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NOTICIA
¿Cómo mejorar el servicio al cliente? | El Confidencial
El Confidencial recoge cómo Gómez-Acebo & Pombo presta el mejor servicio posible a sus clientes a través de la innovación.
«Por su parte, Gómez-Acebo & Pombo se ha decantado por el apoyo de otras oficinas a nivel internacional para perfeccionar el asesoramiento que prestan a sus clientes. Este objetivo ha cristalizado en un modelo denominado como ‘blitz defense’, que permite al cliente elegir las firmas con las que trabajar en cada país, según se ajusten a sus necesidades de presupuesto y especialización. Las seleccionadas trabajan conjuntamente con la intención de mejorar el servicio. «Actualmente, utilizamos este modelo con varios de nuestros mejores clientes, entre ellos Nike Europe, donde llevamos funcionando con este modelo desde hace más de cinco años» revela Carlos Álvarez, director de innovación del despacho.
¿Cómo se materializa esta idea? El bufete ha creado una plataforma tecnológica que facilita la colaboración entre los abogados internos y externos y permite, entre otras cosas, establecer un único proceso de contratación de asuntos legales a seguir por todas las firmas, con un acuerdo global, un único presupuesto, procesos y facturación comunes de las firmas de la alianza. Además, posibilita la contratación de ‘project managers’ y favorece un entorno colaborativo para compartir de forma segura información o documentación.
Por otro lado, el estudio destaca que dos de cada 10 bufetes no gestiona de ningún modo las oportunidades y relaciones comerciales que le ofrecen sus clientes. De entre los que sí las gestionan, tan solo un 17% se sirve de un programa específico (un CRM). Más del 40% no se apoya en ninguna herramienta digital para ello o utiliza soportes rudimentarios como hojas de cálculo.»
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«Por su parte, Gómez-Acebo & Pombo se ha decantado por el apoyo de otras oficinas a nivel internacional para perfeccionar el asesoramiento que prestan a sus clientes. Este objetivo ha cristalizado en un modelo denominado como ‘blitz defense’, que permite al cliente elegir las firmas con las que trabajar en cada país, según se ajusten a sus necesidades de presupuesto y especialización. Las seleccionadas trabajan conjuntamente con la intención de mejorar el servicio. «Actualmente, utilizamos este modelo con varios de nuestros mejores clientes, entre ellos Nike Europe, donde llevamos funcionando con este modelo desde hace más de cinco años» revela Carlos Álvarez, director de innovación del despacho.
¿Cómo se materializa esta idea? El bufete ha creado una plataforma tecnológica que facilita la colaboración entre los abogados internos y externos y permite, entre otras cosas, establecer un único proceso de contratación de asuntos legales a seguir por todas las firmas, con un acuerdo global, un único presupuesto, procesos y facturación comunes de las firmas de la alianza. Además, posibilita la contratación de ‘project managers’ y favorece un entorno colaborativo para compartir de forma segura información o documentación.
Por otro lado, el estudio destaca que dos de cada 10 bufetes no gestiona de ningún modo las oportunidades y relaciones comerciales que le ofrecen sus clientes. De entre los que sí las gestionan, tan solo un 17% se sirve de un programa específico (un CRM). Más del 40% no se apoya en ninguna herramienta digital para ello o utiliza soportes rudimentarios como hojas de cálculo.»
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Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

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Gómez-Acebo & Pombo
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Un apunte sobre la legitimación para el ejercicio de la acción de nulidad de los contratos
El interés legítimo como fundamento de la legitimación para el ejercicio de la acción de nulidad está reconocido en la Constitución, que impone a los órganos judiciales la obligación de interpretar con amplitud las fórmulas que las leyes procesales utilicen en orden a la atribución de legitimación activa para acceder a los procesos judiciales
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Las aportaciones de los socios superiores al porcentaje de su participación en el capital social constituyen ingresos imponibles para la sociedad
Para el Tribunal Económico-Administrativo Central, las aportaciones de los socios que guarden proporcionalidad con su porcentaje de participación en el capital social deben contabilizarse como incrementos de los fondos propios, mientras que los excesos sobre dicha aportación son ingresos imponibles para la sociedad. Los pactos parasociales adoptados en el curso del procedimiento inspector para justificar un plan de ampliación de capital carecen de eficacia probatoria.
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El Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso) se pronuncia sobre las plataformas electrónicas de intermediación en la venta de medicamentos por parte de las farmacias
El auge de las plataformas de intermediación se extiende también al sector de los medicamentos, existiendo distintas plataformas creadas para intermediar entre las farmacias que los dispensan y los clientes que los adquieren. Sucede, no obstante, que en este campo existen restricciones normativas cuya interpretación y aplicación genera frecuentes disputas ante los tribunales de justicia. El Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso) acaba de dictar dos sentencias al respecto. Se trata de la sentencia núm. 1000/2025, de 16 de julio (ECLI: ES:TS:2025:3516), y de la Sentencia núm. 961/2025, de 14 de julio (ECLI:ES:TS:2025:3554).
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Sobre la extensión de los efectos del Plan de Reestructuración a garantes que no son sociedades del grupo de la solicitante
Interpretación del artículo 652.2 de la Ley Concursal
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Parón en la normativa delegada europea: la Comisión postpone la aprobación de 115 normas financieras de nivel dos al menos hasta el 2027
La DG FISMA (Comisión Europea) ha anunciado en una carta de 1 de octubre del 2027 que no va a aprobar 115 actos delegados en desarrollo de la normativa financiera de nivel 1 hasta dentro de dos años. Se trata de mandatos de desarrollo de las Directivas y Reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo en materias que considera no esenciales
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¿Dónde puede una aseguradora ejercitar una acción directa?
El foro de protección previsto en el artículo 13.2 del Reglamento 1215/2012 no puede ser alegado cuando quien ejerce la acción directa es una compañía de seguros, que, en consecuencia, no se encuentra en posición de desequilibrio frente al demandado
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El recurso de casación contra sentencias de audiencias provinciales dictadas en única instancia que resuelven recursos contra resoluciones de la OEPM
El Tribunal Supremo considera que el recurso de casación contra las sentencias dictadas por las audiencias provinciales en los recursos contra las resoluciones que agotan la vía administrativa dictadas en materia de propiedad industrial por la Oficina Española de Patentes y Marcas tiene una naturaleza y una funcionalidad muy similares a las del recurso de casación ante el Tribunal de Justicia contra las sentencias del Tribunal General que revisan las resoluciones de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
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La adquisición de la finca por dación en pago no comporta la asunción de las obligaciones existentes entre las partes iniciales de la compraventa
Interesante sentencia sobre los efectos de cláusulas contractuales vendedor-comprador sobre terceros adquirentes.
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El requisito del beneficiario efectivo no es exigible para aplicar la exención en el IRNR de los intereses pagados a residentes de la Unión Europea
En contra del criterio mantenido por la Audiencia Nacional, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana entiende que la exención de los intereses pagados a residentes de la Unión Europea debe aplicarse en los términos que el legislador nacional ha optado por mantener, sin las exigencias adicionales de la Directiva 2003/49/CE. En caso de apreciar la existencia de prácticas abusivas, la regularización tributaria debe hacerse acudiendo a alguna de las cláusulas generales antiabuso previstas en la Ley General Tributaria.