Volver a Actualidad
NOTICIA
GA_P asesora a Colvin en la compra de Monsieur Marguerite
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado a Colvin en la compra de Monsieur Marguerite, empresa francesa de reparto de flores online.
Colvin, empresa del mismo sector, toma el control de uno de sus competidores galos apenas seis meses después de levantar 45 millones de euros en una ronda de financiación de serie C. De este modo, se estrenará en un mercado en el que hasta ahora no tenía presencia y Monsieur Marguerite ampliará su negocio en Francia con los fondos de su nueva propietaria.
El equipo de GA_P ha estado formado por Alex Pujol, Irene Romero y Mónica Martells socio y trainees de Mercantil.
Ver noticia en Expansión
Colvin, empresa del mismo sector, toma el control de uno de sus competidores galos apenas seis meses después de levantar 45 millones de euros en una ronda de financiación de serie C. De este modo, se estrenará en un mercado en el que hasta ahora no tenía presencia y Monsieur Marguerite ampliará su negocio en Francia con los fondos de su nueva propietaria.
El equipo de GA_P ha estado formado por Alex Pujol, Irene Romero y Mónica Martells socio y trainees de Mercantil.
Ver noticia en Expansión
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
La «transnacionalidad» de una decisión empresarial a efectos de información y consulta del comité de empresa europeo
Si las medidas afectan a todo el grupo en un marco de crisis global, el comité de empresa europeo tiene un interés legítimo en acceder a la información adecuada, considerándose trasnacional toda medida que tenga efecto en los trabajadores o que conlleve transferencia de actividad entre Estados.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
El estatuto en proyecto del becario en empresa
Cumpliendo con su compromiso, el Gobierno presenta el Anteproyecto del «Estatuto del Becario» con el objetivo de dotar de mayor garantía a una actividad que se desarrolla al filo de la laboralidad, pero genera una incertidumbre paralizante en el tejido empresarial y educativo.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Dos supuestos de inexistencia del derecho a la indemnización por clientela (arts. 30.a y 30.b de la Ley del Contrato de Agencia)
El Tribunal Supremo se enfrenta con la aplicación a un contrato de agencia de duración determinada de los supuestos de inexistencia del derecho a la indemnización por clientela previstos en los apartados (a) y (b) del artículo 30 de la Ley sobre Contrato de Agencia
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea prohíbe la venta de ginebra sin alcohol con la etiqueta gin
Noticia sobre la sentencia del TJUE de 15 de noviembre del 2025 que establece que el término «gin» o «ginebra» queda estrictamente reservado para la bebida espirituosa tradicional, delimitando de forma estricta el uso de estas denominaciones en el ámbito comercial, de modo que las ginebras sin alcohol no podrán definirse ni comercializarse como ginebras
PUBLICACIÓN
Hace 5 días
¿Tienen las asociaciones de consumidores una legitimación universal? A propósito de dos autos de la Audiencia Provincial de Barcelona sobre el «cártel de los turismos»
La legitimación universal de las asociaciones de consumidores no está legalmente fundada y crea efectos perversos.
PUBLICACIÓN
Hace 6 días
La caducidad de la condición resolutoria no comporta caducidad de cláusula penal
Un problema de interpretación contractual bien resuelto
PUBLICACIÓN
Hace 1 semana
Las lagunas del Reglamento MiCA: stablecoins emitidas conjuntamente en y fuera de la Unión Europea
En los dos últimos años, la capitalización bursátil de las criptomonedas estables o stablecoins se ha duplicado holgadamente. A la expansión de este tipo de cripto-inversiones no ha sido ajena la nueva política estadounidense de fomento del dólar como activo de reserva en las emisiones de stablecoins plasmada señaladamente en la Genius Act, 2025. La Unión Europea comienza a plasmar documentalmente su preocupación por los riegos que para la estabilidad financiera de la Unión presentan estas stablecoins referenciadas a monedas oficiales cuando no son emitidas al amparo de la normativa europea. Buena muestra de ello es la Recomendación de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JESR o ESRB por sus siglas en inglés) hecha pública el pasado mes de octubre (ESRB/2025/9) sobre estructuras de emisión conjunta de stablecoins por entidades de la Unión Europea y de terceros países.
El concepto que se ofrece de estas criptomonedas estables es el de una subcategoría de criptoactivos que pretenden mantener un valor estable al estar respaldados por reservas como dinero en efectivo o instrumentos financieros de elevada liquidez, lo que incluye los depósitos bancarios, o bien por estar vinculados a ciertos activos de referencia, incluso una cesta de activos (por ejemplo, varias divisas oficiales). El resto de términos que se emplean en la Recomendación son los recogidos en el Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023 relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA), como el concepto de criptoactivo, el de proveedor de servicios de criptoactivos, tokens de dinero electrónico, tokens referenciados a activos, emisor o autoridades competentes.
En estas estructuras de emisión conjunta, las reservas que respaldan estas stablecoins se distribuyen entre la jurisdicción del país de la Unión en el que está domiciliado el emisor europeo de estas criptomonedas (que pueden tener la consideración conforme al Reglamento MiCA de tokens de dinero electrónico o de tokens referenciados a activos) y la del país en el que está domiciliado el emisor de fuera de la Unión. En la práctica, como se recoge en la nota de prensa de esta Recomendación, la entidad emisora domiciliada en la Unión suele ser propiedad de la entidad de fuera de la Unión Europea o bien estar bajo su control.
El Reglamento MiCA no regula estos supuestos de emisión conjunta intra y extracomunitaria de stablecoins que, entiende la JERS, pueden atentar contra la estabilidad financiera. Pone como ejemplo de ello las eventuales solicitudes de reembolso de estos tokens, pese a haber sido emitidos fuera de la Unión, por, en su caso, darse aquí condiciones de reembolso más favorables que en el extranjero (recordemos que MiCA prohibe el cobro de comisiones por el reembolso de tokens de dinero electrónico —artículo 49— y de tokens referenciados a activos —artículo 39—). De ser este el caso, los tenedores de la Unión Europea de estas stablecoins podrían quedar en una situación de vulnerabilidad.
Para tratar de paliar o eliminar los riesgos para la estabilidad financiera en la Unión, la JERS recomienda diez medidas, siendo la de mayor calado la primera de ellas: que la Comisión Europea realice una interpretación contraria a considerar incluidas en el MiCA estas estructuras de emisión múltiple (intra y extracomunitaria) de stablecoins. En este sentido, el 31 de diciembre de 2025 la Comisión Europea y los supervisores nacionales deberían entregar a la Junta Europea de Riesgo Sistémico y al Consejo, un informe acerca de la implementación de esta primera recomendación.
Si la Comisión no atendiera esta recomendación, la Junta Europea insta a los supervisores nacionales y a la propia Comisión Europea a que mitiguen los riesgos «para la estabilidad financiera derivados de esos esquemas a través de unas salvaguardias adecuadas», salvaguardias que se traducen en nueve recomendaciones adicionales de cuya implementación se solicita asimismo informe de seguimiento antes de que finalice el 2026, excepto la relativa al fomento de la cooperación en la supervisión de los proveedores de servicios de criptoactivos, que se demora al 31 de diciembre de 2027 puesto que existe un periodo transitorio en el propio Reglamento MiCA para el cumplimiento de los requisitos en él previstos para los proveedores que venían operando antes del 31 de diciembre de 2024, hasta el 1 de julio del 2026.
PUBLICACIÓN
17 Nov, 2025
Cuestiones actuales sobre teletrabajo
El redescubrimiento del trabajo a distancia y del teletrabajo ha permitido crear una nueva cultura empresarial, basada en pactos colectivos o individuales, sobre las condiciones de trabajo de esta modalidad laboral. Se analizan aquí las tendencias jurisprudenciales más destacadas del último año.
PUBLICACIÓN
13 Nov, 2025
Control judicial de la corrección del libro registro de acciones nominativas en el trámite de impugnación de acuerdos sociales por quienes no figuran inscritos como accionistas
Es el problema de saber hasta dónde alcanza la eficacia legitimadora del libro registro de acciones nominativas