Volver a Actualidad
NOTICIA
GA_P asesora a FacePhi Biometría en su nuevo acuerdo de inversión con Nice & Green por un importe máximo de 20 M€
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado en el diseño y puesta en marcha de la segunda línea de capital (equity line), por un importe máximo de 20 millones de euros, suscrita entre la entidad suiza Nice & Green y FacePhi Biometría, S.A., empresa cuyas acciones están incorporadas en BME Growth (antiguo MAB). Esta operación ha sido especialmente relevante debido a que, por su particular régimen jurídico, la sociedad no podía delegar la exclusión de los derechos de preferencia, por lo que la operación se ha articulado a través de la emisión de warrants y un acuerdo paraguas de la Junta General.
Han asesorado en la operación: Guillermo Guerra y Jacobo Palanca, socio y abogado respectivamente del área de mercantil.
Han asesorado en la operación: Guillermo Guerra y Jacobo Palanca, socio y abogado respectivamente del área de mercantil.
Abogado mencionado
Guillermo Guerra – Socio
Jacobo Palanca – Asociado Sénior
Tipología
Operación
Áreas y sectores
Contacto para prensa
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Automoción y Movilidad Sostenible N.º 31
Resumen de novedades legislativas y jurisprudenciales relativas al sector de la Automoción.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Nuevas reglas que facilitan la producción de los efectos internacionales de las ventas judiciales de buques
El Convenio de Naciones Unidas sobre los efectos internacionales de las ventas judiciales de buques establece un mecanismo para facilitar que las ventas judiciales de buques que confieran un título de propiedad limpio en el Estado parte en el que se llevan a cabo produzcan ese mismo efecto en otros Estados parte sin trabas burocráticas que obstaculicen el comercio en este sector.
PUBLICACIÓN
Hace 2 días
Naviero y organizador de viajes combinados: sobre si se aplican las limitaciones de responsabilidad del Convenio de Atenas
La cuestión resuelta es si el naviero, que presta el servicio de transporte de pasajeros como prestación integrada en un viaje combinado que está organizado y vendido por un mayorista o minorista de viajes, puede prevalerse frente al turista y frente al organizador de las limitaciones de responsabilidad propias del transporte marítimo; pero, principalmente, si puede oponerlas también el organizador frente a su cliente.
PUBLICACIÓN
Hace 6 días
Gestión por el banco de órdenes de adquisición de instrumentos financieros en bolsa versus intermediación en la colocación de productos financieros complejos
La distinción es crucial, pues en el primer caso el banco no puede ser demandado sobre la base del carácter complejo o no del instrumento ni por causa de error o dolo
PUBLICACIÓN
Hace 6 días
El plazo de cuatro años de anulación de un swap por error vuelve a ser un plazo de caducidad, no de prescripción
¿Por qué sostiene ahora esto el Tribunal Supremo? Seguramente porque la contestación con la excepción de prescripción fue inadmitida por estar fuera de plazo
PUBLICACIÓN
13 Jul, 2026
Cesión del crédito y cesión de la facultad de resolver el contrato subyacente
No hay una respuesta unitaria a la cuestión de si el cesionario de un crédito dispone o no de la facultad de resolver el contrato subyacente cuando el deudor cedido no cumple. Como regla, esta resolución no será posible para el cesionario.
PUBLICACIÓN
13 Jul, 2026
Sociedades N.º 40
Boletín trimestral elaborado por el Área Mercantil de Gómez-Acebo & Pombo que incluye trabajos de análisis, comentarios de jurisprudencia y notas o reseñas sobre práctica societaria en materias de interés para nuestros clientes.
PUBLICACIÓN
08 Jul, 2026
Seguro abusivo de cobertura de amortización del préstamo hipotecario
Seguro de larga duración con prima única financiada sin que los intereses de la financiación puedan incluirse en los costes totales del crédito
PUBLICACIÓN
03 Jul, 2026
Efectos de la sentencia estimatoria de la impugnación del auto de homologación de un plan de reestructuración
La Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante 71/2026, de 27 de abril, aborda, entre otras cuestiones, la del alcance de la norma establecida en primer inciso del artículo 661.1 de la Ley Concursal. Según este precepto, la sentencia que estime la impugnación del auto de homologación de un plan de reestructuración «declarará la no extensión de los efectos del plan únicamente frente a quien hubiera instado la impugnación, subsistiendo los efectos de la homologación frente a los demás acreedores y socios».