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NOTICIA
GA_P entre las firmas más activas en venture capital en 2021
El capital riesgo parece estar disparándose entre los despachos y firmas de abogados, pues el importe total de las 137 operaciones realizadas durante el primer trimestre de 2021, ha alcanzado un valor de 1.197,70 millones de euros, lo que triplica al cosechado en el mismo periodo del año pasado, con un volumen de 350,33 millones de euros repartidos en 120 operaciones, según los datos recogidos por la plataforma de negocio TTR.
Las cifras muestran la consolidación de la tendencia al alza de un ámbito de actividad cada vez más atractivo para los grandes bufetes. Hasta hace no tanto, en las firmas de mayor tamaño, se entendía que el capital riesgo era un mercado poco rentable, de escaso potencial de negocio. Sin embargo, en los ‘rankings’, tanto por valor de las transacciones como por número de las mismas, conviven ya despachos ‘startuperos’ con los tradicionales. A esta circunstancia ha ayudado, sin duda, la presencia de grandes fondos en las rondas de financiación de las compañías.
Según los datos de TTR, la Firma Gómez-Acebo & Pombo, se encuentra recogida dentro del TOP5, con un total de 3 operaciones de capital riesgo puestas en marcha en el primer trimestre de este 2021.

Puedes leer aquí la noticia completa.
Las cifras muestran la consolidación de la tendencia al alza de un ámbito de actividad cada vez más atractivo para los grandes bufetes. Hasta hace no tanto, en las firmas de mayor tamaño, se entendía que el capital riesgo era un mercado poco rentable, de escaso potencial de negocio. Sin embargo, en los ‘rankings’, tanto por valor de las transacciones como por número de las mismas, conviven ya despachos ‘startuperos’ con los tradicionales. A esta circunstancia ha ayudado, sin duda, la presencia de grandes fondos en las rondas de financiación de las compañías.
Según los datos de TTR, la Firma Gómez-Acebo & Pombo, se encuentra recogida dentro del TOP5, con un total de 3 operaciones de capital riesgo puestas en marcha en el primer trimestre de este 2021.

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Abogado mencionado
Álvaro Mateo Sixto – Socio
Tipología
Reconocimiento
Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

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Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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¡NUEVO!
No existe derecho a una indemnización adicional a la tasada por despido improcedente, salvo que una norma legal o convencional así lo imponga
Las expresiones indemnización adecuada y reparación apropiada que aparecen en las normas internacionales no se identifican o especifican con términos o elementos concretos que deban ser atendidos a la hora de fijar un importe económico determinado o de otro contenido. De ahí que el Tribunal Supremo estime que la legislación nacional, especialmente el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores, al establecer una indemnización tasada ante un despido injustificado, se ajusta a las normas internacionales. Por lo demás, se trata de normas con preceptos programáticos que no identifican elementos concretos para fijar un importe económico o de otro contenido que permita colmar la patente inconcreción de su literalidad, o su extrema vaguedad, por lo que no pueden considerarse normas directamente aplicables que desplacen la aplicabilidad de las previsiones de derecho interno.
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Hace 2 días
Automoción y Movilidad Sostenible N.º 27
Resumen de novedades legislativas y jurisprudenciales relativas al sector de la Automoción.
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El regreso por pago entre codeudores solidarios vinculados por contrato ilícito
No está claro si esta doctrina está llamada a perdurar, pero el Tribunal Supremo declara que el codeudor solidario que paga dispone de acción de regreso por la cuota, aunque la solidaridad naciera de contrato ilícito.
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Impugnación de acuerdos sociales por infracción del deber de abstención del socio y de la prohibición de asistencia financiera (artículos 190, apartados 1.c y 1.d, y 150 de la Ley de Sociedades de Capital)
En su Sentencia 859/2025, de 28 de mayo, el Tribunal Supremo ha analizado si determinados acuerdos sociales fueron adoptados con infracción de la prohibición de ejercer el derecho de voto en caso de conflicto de intereses (art. 190.1c y 1d LSC) y con violación de la prohibición de asistencia financiera (art. 150 LSC).
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Hace 4 días
Sociedades N.º 36
Boletín trimestral elaborado por el Área Mercantil de Gómez-Acebo & Pombo que incluye trabajos de análisis, comentarios de jurisprudencia y notas o reseñas sobre práctica societaria en materias de interés para nuestros clientes.
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17 Jul, 2025
La venta de participaciones por una sociedad a su administrador constituye un conflicto de intereses prohibido si no existe dispensa expresa (SAP Madrid de 11 de abril de 2025)
La Audiencia Provincial de Madrid confirma la nulidad de una operación de compraventa de participaciones sociales realizada por una sociedad —como vendedora— a favor del administrador de dicha sociedad —que adquiere las participaciones a título personal— por conflicto de intereses del administrador con la sociedad administrada, no siendo suficiente una dispensa tácita para validar la operación
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16 Jul, 2025
Puntos críticos sobre los «ajustes razonables» por incapacidad del trabajador
La declaración ―se entiende, firme― de la incapacidad del trabajador ya no extingue el contrato automáticamente, salvo que aquél manifieste su voluntad de no seguir trabajando. Pero la incapacidad permanente absoluta y la gran incapacidad son incompatibles con el trabajo. Por lo demás, el trabajador dispone de un plazo (¿de caducidad?) de diez días para decidir y el empresario dispone de un plazo (¿de caducidad?) de treinta días para resolver. Las empresas de menos de veinticinco trabajadores pueden valorar cuándo la obligación supone una carga excesiva, pero el resto queda al arbitrio de numerosos factores, no siempre objetivables. La empresa debe facilitar una oferta adecuada sin conocer bien de qué depende la adecuación.
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11 Jul, 2025
Reloj de lujo vendido, no pagado y sustraído por ladrones estando en posesión del vendedor
Una curiosa sentencia sobre resolución y riesgo de pérdida en las ventas de bienes muebles
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11 Jul, 2025
Derecho de tanteo de sociedad societariamente extinguida (STS 1ª de 27 de mayo de 2025)
La extinción registral de una sociedad liquidada societariamente no implica la pérdida de la personalidad jurídica. El derecho de tanteo es un activo sobrevenido y su ejercicio por el antiguo liquidador, utilizando el nombre o razón social de la sociedad extinguida, es válido