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NOTICIA
GA_P es galardonado con el premio Restructuring Firm of the Year en España en los IFLR Europe Awards 2021
Hoy jueves 29 de abril ha tenido lugar la entrega de premios virtual de la última edición del directorio IFLR Europe Awards 2021, en la que Gómez-Acebo & Pombo ha sido galardonado con el premio Restructuring Firm of the Year en España en 2021.
Puedes ver el vídeo completo de la ceremonia de entrega de premios en este enlace (requiere registro en IFLR).
Puedes ver el vídeo completo de la ceremonia de entrega de premios en este enlace (requiere registro en IFLR).
Abogado mencionado
Miguel Lamo de Espinosa – Socio
Tipología
Reconocimiento
Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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Sobre la extensión de los efectos del Plan de Reestructuración a garantes que no son sociedades del grupo de la solicitante
Interpretación del artículo 652.2 de la Ley Concursal
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Parón en la normativa delegada europea: la Comisión postpone la aprobación de 115 normas financieras de nivel dos al menos hasta el 2027
La DG FISMA (Comisión Europea) ha anunciado en una carta de 1 de octubre del 2027 que no va a aprobar 115 actos delegados en desarrollo de la normativa financiera de nivel 1 hasta dentro de dos años. Se trata de mandatos de desarrollo de las Directivas y Reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo en materias que considera no esenciales
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su Sentencia de 1 de agosto del 2025, asunto C-665/23, considera que el ordenante se ve privado del derecho a la devolución del importe de una operación de pago no autorizada cuando ha tardado en notificar a su proveedor de servicios de pago dicha operación, aunque lo haya hecho en los trece meses siguientes a la fecha del adeudo. Esta interpretación de la Directiva de servicios de pago es aplicable en España (art. 43 RDL 19/2018) y parece mantenerse en el futuro Reglamento de Servicios de Pago.
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Si no ha existido una modificación del status quo de pasado, la doctrina de los actos propios no puede servir para consagrar su eficacia en el tiempo por el mero hecho del silencio
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