Volver a Actualidad
NOTICIA
Gómez-Acebo sigue lanzado (93M, +11%) y vislumbra su asalto a la cota de los 100 M
En otro ejercicio muy destacado, la firma que lidera Íñigo Erláiz vuelve a romper su techocon una facturación global de 92,86 M. En España, crece un 11,6% y logra unos ingresos de 83,85 M
Gómez-Acebo & Pombo es el primer gran despacho nacional en presentar resultados. En 2023, la firma que lidera Íñigo Erlaiz volvió a romper su techo histórico de facturación con unos ingresos globales de 92,86 millones de euros, lo que supone un incremento del 10,8% respecto del ejercicio anterior. En España, el bufete alcanzó los 83,85 millones, un 11,6% más. Desde el despacho atribuyen estos resultados, entre otras circunstancias, al crecimiento experimentado en las áreas transaccionales, que han participado en algunas operaciones muy relevantes, como la adquisición por Zegona de Vodafone España, la reestructuración de Celsa o la opa de OPDenergy.
Con esos cerca de 93 millones de euros, que supone un nuevo ejercicio con crecimiento a doble dígito —en 2022 el despacho creció un 10%—, Gómez-Acebo acecha la cota de los 100 millones de euros, una frontera psicológica que incorporaría a la firma en el pelotón que actualmente conforman las áreas legales de las Big Four y Pérez-Llorca, y que cierra KPMG abogados con 112,77 millones, según los datos del pasado año. Desde el bufete subrayan, además del trabajo de sus equipos transaccionales —Mercantil y Banca—, la «muy buena evolución» del resto de práctica, como Procesal, Público, Fiscal, Laboral o Propiedad Industrial, Intelectual y Nuevas Tecnologías, todas ellas con crecimientos superiores al 10%.Por oficinas, «y aunque todas han tenido un buen desempeño», especifican, la facturación de Gómez-Acebo se concentra principalmente en Madrid, que representa dos terceras partes del total. Asimismo, el despacho destaca el potencial de crecimiento de la oficina de Lisboa, que tiene previsto impulsar en 2024 gracias a algunos fichajes de peso anunciados en las últimas semanas. También el «peso creciente» del negocio con origen en la región de Latinoamérica, con un incremento de lo facturado superior al 50%.
Íñigo Erlaiz, socio director de Gómez-Acebo & Pombo, ha afirmado que están «orgullosos» de los resultados obtenidos «porque se trata de un crecimiento muy equilibrado y transversal». El objetivo de la firma, continúa, «es ser líderes en todas las áreas de práctica» y, aunque «el crecimiento en sí no es importante, es relevante en la medida en que refleja un avance en la dirección de mejora del posicionamiento marcada por el despacho». El letrado subraya, en este sentido, otros indicadores que han experimentado significativas mejoras, como el precio-hora o la facturación por abogado, fruto del perfil de asuntos en los que ha estado involucrado el despacho.»Es un crecimiento tranquilo, sano y muy ordenado», indica el socio director de GómezAcebo, que ha recordado que han hecho «incorporaciones de peso» —como las avanzadas por El Confidencial del ex Linklaters Alexander Kolb o Andrew Ward, de Cuatrecasas—, pero que no han supuesto un incremento de profesionales mayor del habitual. «Como siempre, mantener nuestra esencia y nuestra cultura, en la que la cohesión entre los socios, la cercanía y el elemento personal resultan claves, sigue siendo, además, un principio irrenunciable en el camino», expone.
Además de sus resultados, desde el bufete inciden en otras iniciativas puestas en marcha en 2023 destinadas a mejorar la productividad y eficiencia, y mejorar el cuidado de los
profesionales. «En 2024 seguiremos por ese mismo camino. Tenemos previsto acometer proyectos tecnológicos importantes, sin apartar nuestro foco del posicionamiento: queremos ser la firma ibérica de referencia y reforzar nuestro papel internacional, en particular en las jurisdicciones más relevantes para nosotros», concluye Erlaiz.
Leer artículo completo
El Confidencial |Cinco Días |Expansión
Gómez-Acebo & Pombo es el primer gran despacho nacional en presentar resultados. En 2023, la firma que lidera Íñigo Erlaiz volvió a romper su techo histórico de facturación con unos ingresos globales de 92,86 millones de euros, lo que supone un incremento del 10,8% respecto del ejercicio anterior. En España, el bufete alcanzó los 83,85 millones, un 11,6% más. Desde el despacho atribuyen estos resultados, entre otras circunstancias, al crecimiento experimentado en las áreas transaccionales, que han participado en algunas operaciones muy relevantes, como la adquisición por Zegona de Vodafone España, la reestructuración de Celsa o la opa de OPDenergy.
Con esos cerca de 93 millones de euros, que supone un nuevo ejercicio con crecimiento a doble dígito —en 2022 el despacho creció un 10%—, Gómez-Acebo acecha la cota de los 100 millones de euros, una frontera psicológica que incorporaría a la firma en el pelotón que actualmente conforman las áreas legales de las Big Four y Pérez-Llorca, y que cierra KPMG abogados con 112,77 millones, según los datos del pasado año. Desde el bufete subrayan, además del trabajo de sus equipos transaccionales —Mercantil y Banca—, la «muy buena evolución» del resto de práctica, como Procesal, Público, Fiscal, Laboral o Propiedad Industrial, Intelectual y Nuevas Tecnologías, todas ellas con crecimientos superiores al 10%.Por oficinas, «y aunque todas han tenido un buen desempeño», especifican, la facturación de Gómez-Acebo se concentra principalmente en Madrid, que representa dos terceras partes del total. Asimismo, el despacho destaca el potencial de crecimiento de la oficina de Lisboa, que tiene previsto impulsar en 2024 gracias a algunos fichajes de peso anunciados en las últimas semanas. También el «peso creciente» del negocio con origen en la región de Latinoamérica, con un incremento de lo facturado superior al 50%.
Íñigo Erlaiz, socio director de Gómez-Acebo & Pombo, ha afirmado que están «orgullosos» de los resultados obtenidos «porque se trata de un crecimiento muy equilibrado y transversal». El objetivo de la firma, continúa, «es ser líderes en todas las áreas de práctica» y, aunque «el crecimiento en sí no es importante, es relevante en la medida en que refleja un avance en la dirección de mejora del posicionamiento marcada por el despacho». El letrado subraya, en este sentido, otros indicadores que han experimentado significativas mejoras, como el precio-hora o la facturación por abogado, fruto del perfil de asuntos en los que ha estado involucrado el despacho.»Es un crecimiento tranquilo, sano y muy ordenado», indica el socio director de GómezAcebo, que ha recordado que han hecho «incorporaciones de peso» —como las avanzadas por El Confidencial del ex Linklaters Alexander Kolb o Andrew Ward, de Cuatrecasas—, pero que no han supuesto un incremento de profesionales mayor del habitual. «Como siempre, mantener nuestra esencia y nuestra cultura, en la que la cohesión entre los socios, la cercanía y el elemento personal resultan claves, sigue siendo, además, un principio irrenunciable en el camino», expone.
Además de sus resultados, desde el bufete inciden en otras iniciativas puestas en marcha en 2023 destinadas a mejorar la productividad y eficiencia, y mejorar el cuidado de los
profesionales. «En 2024 seguiremos por ese mismo camino. Tenemos previsto acometer proyectos tecnológicos importantes, sin apartar nuestro foco del posicionamiento: queremos ser la firma ibérica de referencia y reforzar nuestro papel internacional, en particular en las jurisdicciones más relevantes para nosotros», concluye Erlaiz.
Leer artículo completo
El Confidencial |Cinco Días |Expansión
Abogado mencionado
Íñigo Erlaiz – Socio
Tipología
Nota de prensa
Contacto para prensa
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
El desarrollo del Reglamento de folletos se hace esperar: comunicado de la AEVM
Ante la demora de la publicación en el DOUE del modificado Reglamento delegado de desarrollo del Reglamento de folletos de 2017, la AEVM ha emitido un comunicado acerca de la información que debe contener el folleto a partir del 5 de junio de 2026 y en tanto en cuanto no se publique la reforma del Reglamento delegado de 2019.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Opas voluntarias y ventas forzosas de las acciones de los minoritarios
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta) de 13 de mayo del 2026 (Korfin y Sempiola contra Slovnaft, as. C-225/25) aclara el concepto de oferta pública de adquisición a efectos del artículo 2 de la Directiva de opas del 2004, de forma que no se subsume en el concepto de opa una oferta dirigida a los titulares de valores de una sociedad con el fin de adquirir la totalidad o parte de esos valores cuando la presente un oferente que ya posee el control de la sociedad afectada. Por ello, con la interpretación que hace dicho tribunal del régimen de la directiva, en estas opas voluntarias no existe el derecho de compraventa forzosa.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Cabe la acción de nulidad de un contrato de franquicia ya extinguido (STS 546/2026, de 9 abril, ECLI:ES:TS:2026:1531)
Es ésta la segunda vez que una cuestión de este tipo llega al Tribunal Supremo. Y la doctrina sigue siendo la misma: carece de importancia que el contrato esté terminado.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
La declaración por videollamada de WhatsApp en el proceso civil
Aunque el uso del medio telemático no fue ortodoxo, al hacerse en un domicilio privado, sin la presencia de funcionario público que asegurara in situ la correcta prestación de la declaración y con las deficiencias técnicas que se observan en la audición, tales consideraciones no deben conducir necesariamente a estimar la nulidad de la declaración, que sólo se producirá cuando se haya causado indefensión a la parte por no haber podido practicarse la prueba con la inmediación y contradicción exigibles.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
El aumento de capital con aportaciones de un tercero debe contenerse en la propuesta de convenio concursal y votarse en consecuencia
No basta, pues, que se incluya simplemente en el plan de viabilidad que se acompaña como accesorio a la propuesta de convenio
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Tributación del aumento del justiprecio derivado de la retasación de bienes expropiados y reconocido tras el fallecimiento del causante
El Tribunal Supremo analiza en casación, entre otras cuestiones, si el aumento del justiprecio derivado de la retasación de bienes expropiados, reconocido por sentencia judicial tras el fallecimiento del causante, es una ganancia patrimonial sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas o, por el contrario, al impuesto sobre sucesiones y donaciones.
PUBLICACIÓN
Hace 3 días
La indemnización por un despido anterior a la declaración de concurso cuya improcedencia se declara tras el concurso es un crédito contra la masa y no un crédito concursal
Aunque el despido sea anterior a la declaración de concurso, si el reconocimiento de su improcedencia y la opción por la indemnización por el empresario son posteriores, el crédito deberá ser considerado crédito contra la masa, aunque exista avenencia entre las partes si ésta también es posterior.
PUBLICACIÓN
Hace 3 días
Pacto fin de huelga en una UTE: ¿afecta a las nuevas adjudicatarias del servicio?
Si el pacto fin de huelga se aplicara en el próximo concurso público del servicio, la nueva adjudicataria no está obligada a respetarlo toda vez que no fue firmante del pacto y tampoco sucesora de las obligaciones, no aplicables a la empresa anterior.
PUBLICACIÓN
Hace 4 días
Acuerdo interpretativo entre España y Brasil sobre la calificación de los juros brasileños
En este análisis abordamos la controversia que la fiscalidad de los juros brasileños ha suscitado tanto durante la vigencia del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades como desde la entrada en vigor de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Su posible calificación, bien como dividendos, bien como intereses, ha sido analizada en varias ocasiones tanto por los tribunales de justicia como por la Administración española, la cual ha acordado recientemente con la brasileña considerarlos «intereses» a efectos del Convenio de doble imposición hispano-brasileño.