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NOTICIA
La rentabilidad de los despachos de abogados consolida su remontada | El Confidencial
«Sin M&A no hay paraíso.» De acuerdo con el Índice Financiero de los Despachos de Abogados (LFFI) que elabora Thomson Reuters, al cierre del segundo trimestre del año, la rentabilidad de los bufetes confirmó la mejoría experimentada en los tres meses anteriores.
Íñigo Erlaiz, nuestro socio director explica que «Nosotros no hemos querido trasladar todo el impacto de la inflación a los clientes y eso nos ha exigido poner el foco en la búsqueda de márgenes de mayor eficiencia y productividad. En este sentido, hemos aplicado un sinfín de medidas, como ser mucho más rigurosos en las desviaciones de los presupuestos que teníamos ya acordados con los clientes; buscamos composiciones mucho más medidas de los equipos que dedicamos a cada asunto para poder incrementar márgenes sin aumentar costes; estamos afinando el uso de tecnología y automatizando procesos, como mencionaba anteriormente, y derivamos trabajo a estructuras separadas, más flexibles y menos costosas»
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Íñigo Erlaiz, nuestro socio director explica que «Nosotros no hemos querido trasladar todo el impacto de la inflación a los clientes y eso nos ha exigido poner el foco en la búsqueda de márgenes de mayor eficiencia y productividad. En este sentido, hemos aplicado un sinfín de medidas, como ser mucho más rigurosos en las desviaciones de los presupuestos que teníamos ya acordados con los clientes; buscamos composiciones mucho más medidas de los equipos que dedicamos a cada asunto para poder incrementar márgenes sin aumentar costes; estamos afinando el uso de tecnología y automatizando procesos, como mencionaba anteriormente, y derivamos trabajo a estructuras separadas, más flexibles y menos costosas»
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Abogado mencionado
Íñigo Erlaiz – Socio
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Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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Contratos del Sector Público N.º 186
La contratación pública española adolece de una anomalía constante, consistente en la prestación de servicios con posterioridad a la extinción del contrato por el transcurso de su plazo de duración. Esta patología, presente en todos los niveles territoriales de la Administración Pública, da lugar a situaciones en las que el contratista continúa prestando los servicios a solicitud de la Administración, si bien fuera de los márgenes contractuales pactados. Una de las principales dificultades que plantean estas situaciones es la relativa a la naturaleza de los pagos que deben realizarse para la remuneración de los servicios prestados – indemnizatoria versus contractual – y la concerniente a la determinación del dies a quo para el cómputo de los intereses moratorios. La reciente Sentencia del Tribunal Supremo 1200/2025, de 29 de septiembre de 2025, sienta los criterios que deben regir este tipo de situaciones anómalas.
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Análisis de la deducibilidad de los gastos asociados a provisiones por despidos: especial referencia a la imposibilidad de deducción en supuestos de previsiones de despidos futuros
La Dirección General de Tributos determina cuál es el ejercicio en el que una empresa debe deducirse la provisión por despido improcedente cuando, tras entregarse en un ejercicio al trabajador la carta de despido registrándose la provisión correspondiente, el trabajador lo impugna alcanzándose un acuerdo en el acto de conciliación en el ejercicio siguiente, en el que también se efectúa el pago. La Audiencia Nacional concreta, por su parte, que no cabe deducir una dotación por contingencias laborales creada para cubrir posibles indemnizaciones futuras por despido improcedente.
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Faltas de asistencia al trabajo como causa de despido ¿en el mes natural o de fecha a fecha?
Ante la ausencia de indicación, el período de un mes en el que se cometan las faltas susceptibles de una sanción muy grave como es el despido, deberá computarse de fecha a fecha y no por mes natural, descartando la aplicación del principio por operario por inútil e indebido en tal caso
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¿Cómo afecta a las aseguradoras la ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela?
La Ley 10/2025 modifica la Ley 44/2002 y obliga a actualizar el reglamento del servicio de atención a la clientela. Entra en vigor el 28/12/2025, con doce meses de adaptación. Refuerza la accesibilidad y la atención personalizada; prohíbe contestadores y desvíos desde números gratuitos a líneas de pago. Exige separar el servicio de atención a la clientela de funciones comerciales y de la formación especializada del personal, incluida la atención a los colectivos vulnerables. Además, amplía la información al cliente, prohíbe reclamar por teléfono y permite lenguas cooficiales. Asimismo, establece acuse con clave identificativa y nuevas inadmisiones; fija el plazo de un mes para resolver las reclamaciones en el servicio de atención a la clientela y de noventa días ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y precisa los requisitos de admisión.
Litigación Tributaria
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El Tribunal Supremo establece criterios adicionales para delimitar el alcance del derecho a no autoincriminarse en el procedimiento sancionador tributario
Para el Tribunal Supremo, el derecho a la no autoincriminación se extiende únicamente al proceso sancionador, sin operar en los procedimientos de aplicación de los tributos. Este derecho comprende tanto el derecho a no responder a preguntas de las que se infiera directamente la comisión de la infracción como a no aportar documentos o pruebas que puedan resultar perjudiciales para la defensa de aquel a quien se imputa la realización de una conducta sancionable, siempre que la aportación de tales documentos o pruebas tengan una existencia que pueda calificarse de dependiente de la voluntad del obligado tributario.
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Hace 2 días
Imputación temporal de las variaciones patrimoniales generadas para los socios y la sociedad tras la liquidación de ésta: escritura de disolución y liquidación frente a inscripción registral
Analizamos en este documento los criterios de imputación temporal de las variaciones patrimoniales generadas para la sociedad y los socios ―tanto personas físicas como jurídicas― tras la disolución y liquidación de la entidad, determinando la relevancia que a esos efectos puede tener la fecha en que es adoptado el acuerdo por la junta general, el día en que se formaliza tal acuerdo en escritura pública, y el momento en el que tiene lugar la inscripción de la extinción de la entidad en el Registro Mercantil.
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Hace 2 días
Contrato de transporte: incompetencia de los tribunales españoles cuando el demandado no está domiciliado en España y el transporte tiene origen y destino en el extranjero
El Convenio de Montreal contiene reglas de competencia judicial internacional que se aplican con preferencia a las del Reglamento de Bruselas I bis.
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Hace 2 días
Legitimación activa del cedente y pasiva del cesionario de participaciones hipotecarias frente al deudor hipotecario consumidor
No hay sucesión universal respecto del paquete de hipotecas subyacentes, sino «una especie de cotitularidad»
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Hace 3 días
Automoción y Movilidad Sostenible N.º 29
Resumen de novedades legislativas y jurisprudenciales relativas al sector de la Automoción.