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Abuso del sistema de patentes y de los procedimientos para la comercialización de medicamentos
1 de febrero, 2013
En el presente documento se da cuenta de la relevante Sentencia de la Sala Primera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 6 de diciembre del 2012, en el asunto C-457/10 P, AstraZeneca AB, AstraZeneca plc/Comisión Europea, European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA).El sector químico-farmacéutico se encuentra desde hace unos años en el centro de atención de las autoridades de defensa de la competencia. No en vano, éstas han identificado en dicho ámbito algunas prácticas contrarias al principio de libre competencia. Destaca en este sentido el documento del Departamento de Justicia del Gobierno de los EE. UU. y de la Federal Trade Commision titulado Antitrust enforcement and intellectual property rights: Promoting Innovation and Competition, de abril del 2007.
Y en el ámbito europeo es especialmente relevante el Informe de investigación de la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea sobre el sector farmacéutico, adoptado con fecha de 8 de julio del 2009, donde se destaca que las principales prácticas contrarias a la libre competencia se producen en las relaciones entre la industria químico-farmacéutica innovadora, que invierte en I+D+i, y la industria de genéricos, y se materializan en conductas por medio de las cuales la industria innovadora pretende evitar el acceso al mercado de los productos genéricos.
Pues bien, dentro de este marco general los tribunales de justicia empiezan también a conocer de conductas anticompetitivas llevadas a cabo por medio del abuso del sistema de patentes. Así, recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia al respecto. Se trata de la Sentencia de la Sala Primera, de 6 de diciembre del 2012, en el asunto C-457/10 P, AstraZeneca AB, AstraZeneca plc/Comisión Europea, European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA), una sentencia que trae causa de una decisión de la Comisión Europea en la que se sanciona a una compañía farmacéutica por llevar a cabo conductas contrarias al derecho de defensa de la competencia valiéndose del sistema de patentes.
Y en el ámbito europeo es especialmente relevante el Informe de investigación de la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea sobre el sector farmacéutico, adoptado con fecha de 8 de julio del 2009, donde se destaca que las principales prácticas contrarias a la libre competencia se producen en las relaciones entre la industria químico-farmacéutica innovadora, que invierte en I+D+i, y la industria de genéricos, y se materializan en conductas por medio de las cuales la industria innovadora pretende evitar el acceso al mercado de los productos genéricos.
Pues bien, dentro de este marco general los tribunales de justicia empiezan también a conocer de conductas anticompetitivas llevadas a cabo por medio del abuso del sistema de patentes. Así, recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia al respecto. Se trata de la Sentencia de la Sala Primera, de 6 de diciembre del 2012, en el asunto C-457/10 P, AstraZeneca AB, AstraZeneca plc/Comisión Europea, European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA), una sentencia que trae causa de una decisión de la Comisión Europea en la que se sanciona a una compañía farmacéutica por llevar a cabo conductas contrarias al derecho de defensa de la competencia valiéndose del sistema de patentes.
Abuso del sistema de patentes y de los procedimientos para la comercialización de medicamentos
Tipología
Análisis
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
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Gómez-Acebo & Pombo
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Los nuevos criterios del TEAC en materia de responsabilidad tributaria, aplicando la doctrina fijada por el Tribunal Supremo, al tiempo que se modifica la Ley general Tributaria en dicha materia.
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La DGT analiza las consecuencias que a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas tendrá la pérdida de la exención prevista para el importe de las prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único, cuando por circunstancias sobrevenidas se produce el incumplimiento de los requisitos previstos legalmente para su aplicación
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Pago de complementos retributivos según normativa fiscal: ¿se justifica que se cobre más o menos por el mismo concepto según el lugar de residencia?
Si el convenio colectivo pudo haber acudido a la normativa tributaria estatal para establecer el importe de las dietas y gastos de locomoción, el no haberlo hecho y remitirse a la normativa tributaria, sin distinción, implica que la misma se refiera a la del lugar de residencia del trabajador
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¿Quién puede abrir un procedimiento de insolvencia frente a una persona física que ejerce una actividad profesional independiente?
A los efectos de la apertura de un procedimiento de insolvencia, se presume que el centro de intereses principales de un particular que ejerce una actividad profesional independiente se sitúa en su centro principal de actividad, aunque no disponga en ese lugar de medios materiales o humanos para desarrollarla.
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De nuevo sobre la aplicación de las deducciones por I+D+i en ejercicios posteriores a los de su generación: la interpretación restrictiva de la Dirección General de Tributos
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También en los contratos de concesión de servicios regulares de transporte público por carretera es posible integrar solvencia con medios de terceros, sin necesidad de que participen en la agrupación licitadora
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Exención por reinversión de vivienda habitual: referencia a la reinversión en viviendas en construcción y a la transmisión del derecho de «leasehold»
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