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Actuación empresarial en los procesos de incapacidad temporal durante los primeros trescientos sesenta y cinco días de duración (RD 625/2014)

icon 23 de julio, 2014
I. BAJA, CONFIRMACIÓN Y ALTA MÉDICA

1. El nuevo RD 625/2014, 18 jul. BOE, 21, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración sustituye al anterior RD 575/97, 18 abr. y modifica otras normas en materia de gestión y control de esta contingencia.Al margen de otros aspectos de coordinación en la gestión de la incapacidad temporal entre los servicios públicos de salud, las entidades gestoras de la Seguridad Social y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, existen algunas cuestiones que afectan a la actuación de la empresa en los trámites propios de esta incapacidad. Ha de observarse que esta norma entrará en vigor el día primero del segundo mes siguiente al de su publicación en el BOE…

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Actuación empresarial en los procesos de incapacidad temporal durante los primeros trescientos sesenta y cinco días de duración (RD 625/2014)

Tipología

Análisis