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Adiós al régimen especial de retribución de instalaciones de producción a partir de tecnologías renovables, cogeneración y residuos en la nueva ley 24/2013, del sector eléctrico

icon 16 de enero, 2014
Según la nueva Ley 24/2013, del Sector Eléctrico sólo excepcionalmente el Gobierno podrá aprobar un régimen retributivo específico para instalaciones de producción a partir de tecnologías renovables, cogeneración y residuos que se basará en la necesaria participación en el mercado de estas instalaciones, complementando los ingresos de mercado con una retribución regulada específica que permita alcanzar el nivel mínimo necesario para cubrir los costes que no se puedan recuperar en el mercado, obtener una rentabilidad adecuada con referencia a la instalación tipo, eficiente y bien gestionada, que en cada caso resulte aplicable y competir en el mercado en condiciones de igualdad con el resto de tecnologías.La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE núm. 310, 27.12.2013) deroga casi en su totalidad la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Este documento se limita a exponer la nueva regulación del régimen retributivo de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, incluidas en el denominado hasta ahora régimen especial de producción de energía eléctrica. En un segundo documento se exponen las peculiaridades del régimen de retribución de ciertas instalaciones…

Autor/es

Ana Isabel Mendoza Losana

Tipología

Análisis