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Control y competencias administrativas en la regulación proyectada sobre el juego

icon 29 de marzo, 2011
El Proyecto de Ley de regulación del Juego (PLRJ en adelante), actualmente en tramitación por el procedimiento de urgencia en el Congreso, pretende cubrir el vacío normativo existente en este sector, pues no hay una ley de carácter estatal que lo regule y, en especial, que aborde la explotación de actividades de juego por sistemas interactivos. Las disposiciones estatales son dispersas y en muchos casos antiguas y de rango reglamentario (véase la heterogénea relación de normas que enuncia la disposición derogatoria del Proyecto de Ley), si bien la inactividad normativa estatal ha sido suplida por las leyes aprobadas en la materia por la mayoría de las Comunidades Autónomas.El PLRJ se dirige, en especial, a establecer un régimen de control administrativo sobre los servicios de juego y apuestas por sistemas interactivos y a fijar un sistema de tributación sobre los mismos. Interesa señalar que desde 2007 existe un mandato legal expreso para que el Gobierno presente un Proyecto de Ley para regular las actividades de juego y apuestas, en particular las realizadas a través de sistemas interactivos basados en comunicaciones electrónicas (disposición adicional vigésima de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información).

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