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COVID-19: Toma de temperatura y protección de datos

icon 30 de abril, 2020
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) emite un comunicado en relación con la toma de temperatura por parte de comercios, centros de trabajo y otros establecimientos y hace referencia al uso de cámaras térmicas, las cuales, deben ser utilizadas prestando especial atención a los principios de limitación de finalidad y minimización de datos establecidos en la normativa de protección de datos.

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Autor/es

Isabela Crespo – Asociada Sénior

Tipología

Análisis