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Cuestiones prácticas del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

icon 12 de noviembre, 2012
El Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto y la Ley 3/2012, de 6 de julio, modificaron aspectos relevantes del contrato para la formación y el aprendizaje regulado en el art. 11.2 ET. Por otra parte, en los últimos años los poderes públicos están llevando a cabo un importante esfuerzo regulatorio de la formación profesional y, dentro de ésta, específicamente a la formación profesional dual, entendida como «el conjunto de acciones e iniciativas formativas que tienen por objeto la cualificación profesional de las personas, combinando los procesos de enseñanza y aprendizaje en la empresa y en el centro de formación».
El Real Decreto 1529/2012, en vigor desde el 10 de noviembre, es fruto de la necesidad de desarrollar reglamentariamente el contrato para la formación y el aprendizaje y también de establecer las bases de la formación profesional dual.
En el desarrollo reglamentario del contrato de aprendizaje hay cuestiones laborales conocidas que, aunque ya reguladas en la Ley, se reiteran ahora y hay también otras cuestiones sobre formación que son realmente novedosas.

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Cuestiones prácticas del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre

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Análisis