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Doctrina administrativa sobre las Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE)

icon 6 de septiembre, 2016
La Dirección General de Tributos, a través de dos recientes consultas, aborda diferentes cuestiones relativas al régimen fiscal especial de las Entidades de Tenencia de Valores en el Extranjero (ETVE).La Dirección General de Tributos ha emitido recientemente dos consultas en las que aborda diferentes cuestiones relativas a la fiscalidad de las Entidades de Tenencia de Valores en el Extranjero (ETVE). En la primera de ellas, V1398-16, de 5 de abril de 2016, la entidad consultante, perteneciente a un grupo multinacional español, ha firmado un acuerdo con un socio no residente para la inversión conjunta en determinados proyectos que se materializarán, principalmente, en México y Chile. Para ello ambos socios han acordado incorporar una «Limited Liability Partnership» (LLP), constituida según las leyes del Reino Unido y domiciliada en ese país, como vehículo de inversión conjunta en las sociedades operativas constituidas para el desarrollo de los citados proyectos. La entidad consultante tiene una participación directa en la LLP del 45% mientras que el socio tiene el 55% restante. La LLP, que no realiza actividades económicas en territorio español, va a participar indirectamente en sociedades operativas mexicanas y chilenas a través de dos entidades españolas acogidas al régimen fiscal especial de las ETVE. Ambas sociedades cuentan con los medios personales y materiales necesarios para llevar a cabo la gestión y administración de valores representativos de los fondos propios de las entidades operativas no residentes en territorio español…

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Doctrina administrativa sobre las Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros (ETVE)

Tipología

Análisis