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El proyecto de ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles
PUBLICACIÓN

El proyecto de ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles

icon 11 de mayo, 2011
1. Concepto y antecedentes. Ha sido publicado el Proyecto de Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles (BOCG, IX Legislatura, 29 de abril de 2011), que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles. Además de sus propios preceptos, el proyecto modifica el CC, la LEC y la LJCA. La Exposición de Motivos se refiere a la mediación como «un instrumento muy sencillo, ágil, eficaz y económico para la solución de sus conflictos, alcanzando por sí solos un acuerdo al que esta ley otorga fuerza de cosa juzgada, como si de una sentencia judicial se tratase»; «un procedimiento de solución de diferencias de carácter informal y privado; «una actividad neutral, independiente e imparcial que ayuda a dos o más personas a comprender el origen de sus diferencias, a conocer las causas y consecuencias de lo ocurrido, a confrontar sus visiones y a encontrar soluciones para resolverlas». Por mediación se entiende «aquel medio de solución de controversias en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador» (art. 1 I del proyecto).

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El proyecto de ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles

Tipología

Análisis

Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
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Gómez-Acebo & Pombo

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