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El TJUE avala la posibilidad de prohibir a las entidades financieras la adquisición de cualquier tipo de empresas como condición para percibir una ayuda de recapitalización

icon 17 de junio, 2014
La Sentencia del Tribunal General del TJUE de 8 de abril de 2014 (asunto T-319/11), resuelve el recurso de anulación parcial interpuesto por ABN Amro Group NV contra la Decisión 2011/823/UE, de la Comisión, que le impuso la prohibición de adquirir empresas de cualquier sector como una de las condiciones para considerar compatible con el mercado interior la ayuda pública que recibió del Estado holandés. La entidad ABN Amro había recibido ayuda pública para su recapitalización de entre 4.200 y 5.450 millones de euros, así como una ayuda de liquidez de 7.170 millones de euros.Esta ayuda estatal formaba parte de las otorgadas por los Estados miembros para la recapitalización de las instituciones financieras en la actual crisis financiera, que se han otorgado siguiendo una serie de orientaciones de la Comisión, en forma de Comunicaciones, en las que se reconoce que la gravedad de la crisis justifica la concesión de ayudas conforme al art. 107 TJUE, apartado 3, letra a), en la medida en que esta disposición autoriza las ayudas de Estado cuando sean necesarias para paliar una perturbación grave de un Estado miembro, pero establece una serie de criterios y condiciones para su otorgamiento…

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