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PUBLICACIÓN

La exención de la empresa familiar: porcentaje mínimo de participación conjunta del 20% y la realización de funciones de dirección

icon 15 de diciembre, 2023
La exención de la empresa familiar prevista en el artículo 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991, no procederá cuando un miembro del grupo de parentesco realiza funciones de dirección de la entidad sin ser partícipe y la participación conjunta del grupo familiar no supera el 20% -participación que podría ostentar íntegramente  uno solo de sus miembros-.

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Autor/es

Diego Martín-Abril – Counsel

Pilar Álvarez – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Fiscal