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La sostenibilidad se incorpora al contenido del deber de lealtad de los administradores en las grandes empresas
La Comisión Europea ha publicado el pasado 23 de febrero la Propuesta de Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad corporativa (Corporate Sustainability Due Diligence). En ella se establece la obligación para las grandes empresas de incorporar procedimientos internos para la prevención, mitigación y finalización de los impactos adversos que sobre la sostenibilidad pueda tener su actividad en el mercado.
Esta Propuesta, paralela a la de la reforma de la Directiva sobre divulgación de información no financiera, introduce la obligación para los administradores de grandes empresas de tener en cuenta las consecuencias que en el ámbito de la sostenibilidad pueden tener sus decisiones incluyendo, si procediera, el impacto sobre los derechos humanos, el cambio climático y el medio ambiente tanto a corto como a medio y largo plazo.
Las nuevas obligaciones serán de aplicación, cuando la Propuesta sea aprobada, a las grandes sociedades —y entidades financieras en sentido amplio, incluyendo a los proveedores de servicios sobre criptoactivos (MiCA)—, con más de 500 trabajadores y un importe neto de cifra de negocios superior a 150 millones de euros. Por debajo de estos umbrales, si las sociedades cuentan con más de 250 trabajadores y un volumen mundial de negocios superior a 40 millones de euros, también quedarían comprendidas en la norma, siempre que al menos el 50% de su cifra de negocios se genere en uno o más de los sectores a los que se refiere el artículo 2 de la Propuesta. Resumidamente, estos sectores son los de fabricación o comercialización al por mayor de textiles, pieles, ropa y calzado y productos relacionados, agricultura, silvicultura e industrias pesqueras, comercio mayorista de materias primas agrícolas, animales vivos, madera, alimentos y bebidas, la extracción de recursos minerales (gas, petróleo, carbón, metales), fabricación de productos metálicos así como el comercio al por mayor de recursos minerales.
La Propuesta afecta también a las sociedades domiciliadas fuera de la Unión Europea cuando sus volúmenes de negocio generados en la Unión superen los umbrales indicados.
El texto acaba de iniciar su tramitación conforme al procedimiento legislativo ordinario previsto en el artículo 294 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y recoge la obligación para los Estados miembros de incluir en su derecho interno sanciones por el incumplimiento de estas obligaciones por la sociedad y sus administradores.
Esta Propuesta, paralela a la de la reforma de la Directiva sobre divulgación de información no financiera, introduce la obligación para los administradores de grandes empresas de tener en cuenta las consecuencias que en el ámbito de la sostenibilidad pueden tener sus decisiones incluyendo, si procediera, el impacto sobre los derechos humanos, el cambio climático y el medio ambiente tanto a corto como a medio y largo plazo.
Las nuevas obligaciones serán de aplicación, cuando la Propuesta sea aprobada, a las grandes sociedades —y entidades financieras en sentido amplio, incluyendo a los proveedores de servicios sobre criptoactivos (MiCA)—, con más de 500 trabajadores y un importe neto de cifra de negocios superior a 150 millones de euros. Por debajo de estos umbrales, si las sociedades cuentan con más de 250 trabajadores y un volumen mundial de negocios superior a 40 millones de euros, también quedarían comprendidas en la norma, siempre que al menos el 50% de su cifra de negocios se genere en uno o más de los sectores a los que se refiere el artículo 2 de la Propuesta. Resumidamente, estos sectores son los de fabricación o comercialización al por mayor de textiles, pieles, ropa y calzado y productos relacionados, agricultura, silvicultura e industrias pesqueras, comercio mayorista de materias primas agrícolas, animales vivos, madera, alimentos y bebidas, la extracción de recursos minerales (gas, petróleo, carbón, metales), fabricación de productos metálicos así como el comercio al por mayor de recursos minerales.
La Propuesta afecta también a las sociedades domiciliadas fuera de la Unión Europea cuando sus volúmenes de negocio generados en la Unión superen los umbrales indicados.
El texto acaba de iniciar su tramitación conforme al procedimiento legislativo ordinario previsto en el artículo 294 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y recoge la obligación para los Estados miembros de incluir en su derecho interno sanciones por el incumplimiento de estas obligaciones por la sociedad y sus administradores.
Autor/es
Reyes Palá – Consejera Académica
Tipología
Actualidad Jurídica