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Las dificultades del Tribunal Supremo con las garantías a primer requerimiento

icon 2 de septiembre, 2014
1. El Tribunal Supremo (TS) no termina de sentar una doctrina clara y coherente en materia de garantías a primer requerimiento. Es cierto que sus manifestaciones de principio resultan, en su mayoría y en términos generales, ajustadas a lo que podríamos denominar la «doctrina ortodoxa» en la materia. El TS, en efecto, parece conocer y es capaz de enunciar los principios básicos de la disciplina de dicha figura. Sin embargo, cuando llega el momento de trasladar esa «teoría» a los supuestos concretos que ha de resolver se mueve por veredas argumentales discutibles y no siempre perfectamente congruentes con las premisas de las que parte.La reciente Sentencia de la Sala 1ª de 17 de julio de 2014 [JUR 2014204582] constituye, en mi opinión, una muestra sobresaliente de las dificultades que encuentra el TS para reconstruir adecuadamente el régimen jurídico de los avales a primera solicitud. En efecto, veremos a continuación como, de una parte, en dicha STS se formulan –reiterando lo dicho en numerosas resoluciones previas- una serie de observaciones en torno a la configuración de este tipo de garantías que se traducen en reducir la relevancia de las cláusulas «a primer requerimiento» a la producción de una mera inversión de la carga de la prueba (lo que mina o compromete la solidez y la fiabilidad de la garantía a primera demanda en cuanto instrumento destinado a permitir una rápida liquidación –provisional, en su caso- de la situación en favor del beneficiario). Pero, al mismo tiempo, el TS termina por dictar un fallo que atribuye a este tipo de garantías personales una efectividad e incontestabilidad que supera lo que podrían esperar los más decididos defensores de la independencia del compromiso asumido por el garante (llegando a hacer responsable al emisor de la garantía en hipótesis en las que, probablemente, no debía serlo). La mencionada STS de 17 de julio de 2014 ofrece, por tanto, un buen ejemplo de cómo pueden incorporarse en una misma resolución reflexiones discutibles y acumularse argumentos contradictorios, traducidos después en decisiones que, finalmente, resultan difícilmente compartibles.

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Las dificultades del Tribunal Supremo con las garantías a primer requerimiento

Tipología

Análisis