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Nuevo procedimiento sobre reclamación al Estado de los salarios de tramitación en juicios por despido

icon 7 de julio, 2014
A) Contenido de la nueva regulación

1. El RD 418/14, 6 jun., BOE, 18 modifica el procedimiento de tramitación de las reclamaciones al Estado por salarios de tramitación en juicios por despido. Una regulación ya obsoleta (su antecedente data de 1982, RD 924/82, 17 abr., BOE, 13 may.) y unas modificaciones legislativas de envergadura (la publicación de la nueva Ley de la Jurisdicción Social, Ley 36/11, 10 oct., BOE, 11 o las sucesivas reformas laborales operadas por el RD-L 3/12, 10 feb., BOE, 11, el RD-L. 20/12, 13 jul., BOE, 14 o la Ley 3/12, 6 jul. BOE, 7) aconsejaban una ordenación sistemática de la reclamación de los salarios de tramitación.Con la nueva regulación, el procedimiento se activará cuando la sentencia del órgano jurisdiccional competente que por primera vez declare la improcedencia del despido se dicte transcurridos más de noventa días hábiles desde que se tuvo por presentada la demanda…

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Nuevo procedimiento sobre reclamación al Estado de los salarios de tramitación en juicios por despido

Tipología

Análisis