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PUBLICACIÓN

Proyecto de ley del juego: Prestadores extranjeros y aplicación extraterritorial de la ley. Determinación de la ley aplicable a las relaciones participante-prestador habilitado. Delimitación del mercado estatal/autonómico.

icon 16 de febrero, 2011
1. Aplicación de la Ley a prestadores establecidos en otros Estados miembros de la UE

De acuerdo con el artículo 2 del Proyecto de Ley, su ámbito de aplicación se extiende a «las actividades de juego transfronterizas, esto es, las realizadas por las personas físicas o jurídicas radicadas fuera de España que organicen u ofrezcan actividades de juegos a residentes en España», lo que implica la obligación de quienes ofrecen este tipo de actividades de someterse a la legislación española en su actuación, y en especial, en el cumplimiento de los requisitos y autorizaciones exigidos por la Ley para dirigirse a usuarios radicados en España.Cuando quien pretende ofrecer estos servicios es un operador establecido en otro Estado miembro de la UE se hace necesario analizar en qué medida las disposiciones en materia de libre prestación de servicios y derecho de establecimiento recogidas en los artículos 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la UE inciden en las condiciones de su prestación y en los requisitos que se les pueden exigir para ofrecerla en España. Fundamentalmente se trata de determinar si el principio de reconocimiento mutuo presente en la interpretación de la extensión y el alcance de estas libertades obliga a desplazar los controles del Estado de destino (España) al de origen (cualquiera, dentro de la UE, en que esté establecido el prestador) de manera que quien cumple los requisitos para ofrecer servicios de juego en el Estado en el que está establecido puede hacerlo también en España, sin que aquí se le puedan exigir condiciones adicionales.

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Proyecto de ley del juego: Prestadores extranjeros y aplicación extraterritorial de la ley. Determinación de la ley aplicable a las relaciones participante-prestador habilitado. Delimitación del mercado estatal/autonómico.

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Análisis