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PUBLICACIÓN
Publicado el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030
En el marco de la «Estrategia a Largo Plazo para una Economía Española Moderna, Competitiva y Climáticamente Neutra en 2050», la Resolución de 25 de marzo de 2021, conjunta de la Dirección General de Política Energética y Minas y de la Oficina Española de Cambio Climático, publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2021, por el que se adopta la versión final del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC). El PNIEC se publica en el Boletín Oficial del Estado de 31 de marzo de 2021 y en la web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es).
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2018/1999, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, el PNIEC ha sido comunicado a la Comisión Europea, que lo ha evaluado favorablemente.
Los objetivos recogidos en el PNIEC se alinean con los fijados por el Consejo Europeo de 10 y 11 de diciembre de 2020, en el que se acordó la reducción de emisiones de la Unión Europea de, al menos, un 55 % en 2030, respecto a los niveles de 1990, con la pretensión de alcanzar la neutralidad climática en la Unión en 2050, conforme a los objetivos de París.
El PNIEC 2021-2030 identifica objetivos y adopta medidas en las cinco dimensiones de la Unión de la Energía: la descarbonización, incluidas las energías renovables; la eficiencia energética; la seguridad energética; el mercado interior de la energía y la investigación, innovación y competitividad.
Según el Gobierno, las medidas contempladas en el PNIEC permitirán alcanzar los siguientes resultados en 2030:
Reducción de un 23% de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) respecto a 1990.
Incremento hasta un 42% de renovables sobre el uso final de la energía.
Mejora de la eficiencia energética en un 39,5%.4.
Incremento hasta un 74% de energía renovable en la generación eléctrica.
Entre otras medidas, se prevé el impulso de la instalación de potencia de producción de origen renovable, cuya distribución concreta por tecnologías renovables dependerá de la evolución de los costes relativos de cada una de ellas; el cese total de la actividad de centrales de carbón como máximo en 2030; el impulso de las tecnologías de almacenamiento, así como del coche eléctrico y del uso de biocarburantes. En esta línea, el Boletín Oficial del Estado del 31 de marzo también publica el Real Decreto 205/2021, de 30 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los biocarburantes, y se regulan los objetivos de venta o consumo de biocarburantes para los años 2021 y 2022.
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2018/1999, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, el PNIEC ha sido comunicado a la Comisión Europea, que lo ha evaluado favorablemente.
Los objetivos recogidos en el PNIEC se alinean con los fijados por el Consejo Europeo de 10 y 11 de diciembre de 2020, en el que se acordó la reducción de emisiones de la Unión Europea de, al menos, un 55 % en 2030, respecto a los niveles de 1990, con la pretensión de alcanzar la neutralidad climática en la Unión en 2050, conforme a los objetivos de París.
El PNIEC 2021-2030 identifica objetivos y adopta medidas en las cinco dimensiones de la Unión de la Energía: la descarbonización, incluidas las energías renovables; la eficiencia energética; la seguridad energética; el mercado interior de la energía y la investigación, innovación y competitividad.
Según el Gobierno, las medidas contempladas en el PNIEC permitirán alcanzar los siguientes resultados en 2030:
Reducción de un 23% de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) respecto a 1990.
Incremento hasta un 42% de renovables sobre el uso final de la energía.
Mejora de la eficiencia energética en un 39,5%.4.
Incremento hasta un 74% de energía renovable en la generación eléctrica.
Entre otras medidas, se prevé el impulso de la instalación de potencia de producción de origen renovable, cuya distribución concreta por tecnologías renovables dependerá de la evolución de los costes relativos de cada una de ellas; el cese total de la actividad de centrales de carbón como máximo en 2030; el impulso de las tecnologías de almacenamiento, así como del coche eléctrico y del uso de biocarburantes. En esta línea, el Boletín Oficial del Estado del 31 de marzo también publica el Real Decreto 205/2021, de 30 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los biocarburantes, y se regulan los objetivos de venta o consumo de biocarburantes para los años 2021 y 2022.
Autor/es
Ana I. Mendoza – Consejera Académica
Tipología
Actualidad Jurídica