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Régimen de los cortes del suministro eléctrico por impago en el nuevo sistema de comercialización de energía eléctrica

icon 2 de diciembre, 2010
1. INTRODUCCIÓN.

Como es sabido, en el régimen vigente de comercialización de energía eléctrica, cabe distinguir dos tipos de consumidores (arts. 10.1 y 18 Ley 54/1997): los acogidos a tarifa de último recurso (TUR), suministrados por el comercializador de último recurso (CUR) de su elección o determinado conforme a criterios reglamentarios (art. 44.2 Ley 54/1997 y 4 RD 485/2009) y los consumidores en el mercado libre, suministrados por el comercializador libremente elegido. Tienen derecho a acogerse a la TUR aquellos consumidores conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kW (DA 24ª Ley 54/1997, art. 1.3 y DA 11ª RD 485/2009). Los consumidores con potencia superior tendrán que elegir comercializador en el mercado libre.Excepcionalmente, los consumidores con potencia superior que no elijan comercializador podrán seguir siendo suministrados por un comercializador de último recurso a precio desincentivador (TUR con recargo del 20%) hasta el 31 de diciembre de 2010 (art. 3.2 RD 485/2009 y DT 3ª Orden ITC/3519/2009), fecha en la que se les interrumpirá el suministro –si la inminente Orden Ministerial por la que se revisan las tarifas de acceso eléctricas a partir del día 1 de enero de 2011 no prevé una prórroga de dicha fecha, como ha recomendado la Comisión Nacional de la Energía-…

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Régimen de los cortes del suministro eléctrico por impago en el nuevo sistema de comercialización de energía eléctrica

Autor/es

Ana Isabel Mendoza Losana

Tipología

Análisis

Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
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Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
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Gómez-Acebo & Pombo

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