icon
Volver a Publicaciones
PUBLICACIÓN

Retribución específica adicional para instalaciones de energías renovables distintas a las eólicas y solares

icon 20 de julio, 2015
El Boletín Oficial del Estado del día 20 de julio del 2015 publica la Resolución de 15 de julio del 2015, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscriben en el registro de régimen retributivo especifico en estado de preasignación las instalaciones incluidas en el cupo previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos y se declaran no inscritas o inadmitidas el resto de las instalaciones que solicitaron su inclusión en dicho cupo.1. Fundamento normativo

Se funda en estas dos normas:

— En la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, que regula el establecimiento de un régimen retributivo específico para un máximo de 120 MW aplicable a instalaciones o modificaciones de instalaciones de tecnologías diferentes de la eólica, de la solar termoeléctrica y de la fotovoltaica al amparo de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico…

icon

Retribución específica adicional para instalaciones de energías renovables distintas a las eólicas y solares

Tipología

Análisis