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NOTICIA
GA_P asesora a Bonsai Partners en su inversión en Stay App
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado a Bonsai Partners en la entrada en el capital de Stay App para acelerar la internalización de la tecnológica hotelera española. La entrada en el capital de Stay amplía la presencia de Bonsai en el panorama de compañías digitales.
Stay es una empresa española dedicada al desarrollo de un software que permite a los huéspedes gestionar su estancia en un hotel desde sus propios dispositivos móviles. Stay alcanzó los 8 millones de usuarios únicos en 2021 y ofrece los servicios de más de 1.000 hoteles en 62 países.
El equipo de GA_P ha estado formado por Álvaro Mateo, Andrés Castro y Carolina Orri, socio y asociados de Mercantil.
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Stay es una empresa española dedicada al desarrollo de un software que permite a los huéspedes gestionar su estancia en un hotel desde sus propios dispositivos móviles. Stay alcanzó los 8 millones de usuarios únicos en 2021 y ofrece los servicios de más de 1.000 hoteles en 62 países.
El equipo de GA_P ha estado formado por Álvaro Mateo, Andrés Castro y Carolina Orri, socio y asociados de Mercantil.
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Abogado mencionado
Álvaro Mateo Sixto – Socio
Andrés Castro – Asociado Sénior
Tipología
Operación
Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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La incapacidad permanente ya no supone extinción automática del contrato, salvo que quiera el trabajador o que resulte una carga excesiva para el empleador
La obligación de propiciar ajustes razonables en el puesto de trabajo para las personas con incapacidad permanente adquiere ahora una relevancia nueva al desaparecer como causa de extinción automática del contrato de trabajo. Porque ahora, salvo voluntad en contra del trabajador, la empresa dispone de tres meses para efectuar dichos ajustes u ofrecer la vacante de un puesto adecuado. Deberá justificar su negativa en la carga excesiva que supone para la empresa enfrentándose de lo contrario, no sólo al incumplimiento legal con las consecuencias debidas, sino al mantenimiento de la relación laboral, también con todas sus consecuencias.
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Hace 5 días
Primera aplicación de la Digital Market Act por conductas anticompetitivas
Noticia de la aplicación de la DMA por vez primera sancionando a empresas gatekeeper por incumplimiento de obligaciones que dan lugar a prácticas anticompetitivas
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¿Hasta qué momento debe mantenerse la buena fe del adjudicatario de la finca en subasta a efectos del artículo 34 de la Ley Hipotecaria? Demasiado tiempo, y aún podía ser peor
Se expone un nuevo hito judicial confirmatorio de una doctrina ya asentada
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24 Apr, 2025
Automoción y Movilidad N.º 26
Resumen de novedades legislativas y jurisprudenciales relativas al sector de la Automoción.
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22 Apr, 2025
Diligencia debida por los operadores de servicios de pago cuando la orden de transferencia incorpora, además del IBAN, información adicional
Interpretación del artículo 59 del Real Decreto-Ley 19/2018, de servicios de pago
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21 Apr, 2025
El efecto Trump: demoras en la aplicación de la Directiva sobre diligencia debida y retraso en la obligación de publicar el informe de sostenibilidad para determinadas empresas
La Directiva 2025/794, de 14 de abril, modifica las Directivas 2022/2464 (CSRD) y 2024/1760 (CS3D) para aplazar en dos años la obligación de elaborar el informe de sostenibilidad: de los ejercicios que comienzan el 1 de enero de 2025 al 2027 y para las obligadas a partir del 2026, al 2028. En el caso de la CS3D se aplaza un año la fecha de transposición, se simplifican los supuestos de aplicación escalonada y se demora un año su aplicación respecto a la fecha actual en función del tamaño y número de trabajadores de la empresa.
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21 Apr, 2025
Rescisión concursal de pagos y renacimiento consiguiente del crédito subyacente del acreedor condenado de rescisión
Se trata de un supuesto singular de reviviscencia de un contrato previamente extinguido por un pago, que ahora se rescinde
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21 Apr, 2025
Plazos de caducidad y prescripción de acciones nacidas de contratos financieros
El plazo de ejercicio de la acción de nulidad contractual por dolo o error es un plazo de caducidad de cuatro años, que contarán desde la consumación del contrato. En cuanto a los contratos financieros (no necesariamente de inversión), la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ya muy abundante, consagra varias reglas (que se exponen en este análisis), entre las que no hay, a poco que se reflexione, consistencia interna.