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Gómez-Acebo & Pombo incorpora a Jorge Martín como Of Counsel de Mercantil
Gómez-Acebo & Pombo incorpora a Jorge Martín como Of Counsel de Mercantil.
Jorge Martín, hasta la fecha Counsel de Clifford Chance, cuenta con más de 13 años de experiencia y está especializado en el asesoramiento en operaciones de fusión y adquisición (M&A), tanto a inversores financieros (private equity) como a sociedades cotizadas y no cotizadas. Es profesor asociado de Derecho Mercantil en la Universidad Carlos III de Madrid y está reconocido como Associate to watch en Corporate / M&A por Chambers & Partners y Rising Star en Corporate / M&A y Private Equity por Legal 500.
Jorge es licenciado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE) y en 2021 obtuvo el título de Solicitor de Inglaterra y Gales. Inició su carrera profesional en Uría Menéndez, antes de incorporarse a Clifford Chance donde ha desarrollado su carrera profesional durante los últimos ocho años.
Álvaro Mateo, socio coordinador del área Mercantil destaca: “Estamos muy satisfechos de que gente con tanto talento y una trayectoria tan sólida como Jorge apueste por desarrollar su carrera profesional en Gómez-Acebo & Pombo. La incorporación de Jorge va a suponer un empuje importante para el equipo y nos ayudará a seguir consolidando nuestro posicionamiento en el mercado transaccional de alto valor añadido.” Por su parte, Jorge comenta: “Poder formar parte del proyecto de una Firma como Gómez-Acebo & Pombo en el mercado nacional e internacional es un reto que me hace especial ilusión y que afronto con muchas ganas.”
Leer artículo El Confidencial
Leer artículo Cinco Días
Leer artículo Expansión
Jorge Martín, hasta la fecha Counsel de Clifford Chance, cuenta con más de 13 años de experiencia y está especializado en el asesoramiento en operaciones de fusión y adquisición (M&A), tanto a inversores financieros (private equity) como a sociedades cotizadas y no cotizadas. Es profesor asociado de Derecho Mercantil en la Universidad Carlos III de Madrid y está reconocido como Associate to watch en Corporate / M&A por Chambers & Partners y Rising Star en Corporate / M&A y Private Equity por Legal 500.
Jorge es licenciado en Derecho y Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE) y en 2021 obtuvo el título de Solicitor de Inglaterra y Gales. Inició su carrera profesional en Uría Menéndez, antes de incorporarse a Clifford Chance donde ha desarrollado su carrera profesional durante los últimos ocho años.
Álvaro Mateo, socio coordinador del área Mercantil destaca: “Estamos muy satisfechos de que gente con tanto talento y una trayectoria tan sólida como Jorge apueste por desarrollar su carrera profesional en Gómez-Acebo & Pombo. La incorporación de Jorge va a suponer un empuje importante para el equipo y nos ayudará a seguir consolidando nuestro posicionamiento en el mercado transaccional de alto valor añadido.” Por su parte, Jorge comenta: “Poder formar parte del proyecto de una Firma como Gómez-Acebo & Pombo en el mercado nacional e internacional es un reto que me hace especial ilusión y que afronto con muchas ganas.”
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¡NUEVO!
Planes de pensiones privados "por defecto"
La Comisión Europea, en su empeño por potenciar el ahorro privado para la jubilación, pretende modificar, entre otros, los planes paneuropeos de pensiones y los planes de pensiones de empleo, obligando a las empresas a inscribir a sus trabajadores en planes privados (autoenrolment).
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Hace 2 días
Derecho de separación por falta de distribución de dividendos: las plusvalías por venta de inmovilizado pueden computarse como beneficio del ejercicio
Las plusvalías obtenidas de la venta de activos empleados durante varios años en la actividad de la empresa y prácticamente amortizados en el momento de su venta, aunque no hubieran estado en el inmovilizado, son un rendimiento esperable y, en cierto modo, cíclico, asociado a la actividad que pueden formar parte del beneficio propio de la explotación del objeto social de la sociedad a efectos del ejercicio del derecho de separación
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10 Dec, 2025
¿Es válido un acuerdo societario adoptado en contravención de un pacto de socios lícito que exige unanimidad para acuerdos de ampliación de capital?
El incumplimiento del acuerdo parasocial lícito consistente en exigir unanimidad para la aprobación de ampliaciones de capital tiene como consecuencia natural la obligación de los socios contratantes incumplidores de resarcir los perjuicios causados a la contraparte, no así la condena de los mismos a adoptar un nuevo acuerdo
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09 Dec, 2025
¿Reembolso o subrogación del codeudor que paga deuda solidaria después del concurso del otro deudor? Concursalmente es irrelevante
El Tribunal Supremo reitera un argumento que ya había establecido a propósito de deudas (concursales) afianzadas
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04 Dec, 2025
¿Qué pretensiones tiene el arrendador cuando el arrendatario comercial abandona el local antes del cumplimiento del plazo pactado?
Aunque la sentencia señala que el arrendador dispone de tres remedios, en realidad sólo dispone de uno ―tanto si pide cumplimiento como si opta por la resolución―, que es la indemnización de daños.
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03 Dec, 2025
No puede pactarse en el concurso que la dación en pago sólo sea extintiva de la deuda por la parte que está cubierta por el valor de la cosa
Una doctrina formalista de la dación en pago y que no está justificada por los intereses en juego
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03 Dec, 2025
Desarrollo normativo de los contratos formativos (Real Decreto 1065/2025)
El Gobierno aprueba el Reglamento que desarrolla aspectos importantes de los contratos formativos tales como el número máximo de contratos formativos por centro de trabajo, el contenido de los planes formativos individuales, la concreción sobre los procesos de tutorización o los límites a su utilización.
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02 Dec, 2025
La CNMV autoriza el primer sistema de negociación y liquidación de cripto-valores negociables
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02 Dec, 2025
Daño directo por exclusión de hecho: artículo 241 de la Ley de Sociedades de Capital (Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 22 de octubre del 2025)
El artículo analiza el ámbito objetivo de aplicación de la denominada acción individual de responsabilidad. Como regla general, un socio no puede pretender ser indemnizado por su cuotaparte del daño causado al patrimonio social. Sin embargo, los casos de exclusión de hecho o daño a la cuota de liquidación son indemnizables mediante la acción individual de responsabilidad.