Volver a Actualidad
NOTICIA
Gómez Acebo & Pombo lanza un nuevo grupo de expertos sobre el Impuesto Mínimo Global
30 de diciembre, 2021
Gómez-Acebo & Pombo lanza un nuevo grupo especializado en el Impuesto Mínimo Global. El grupo, que estará formado por expertos fiscalistas, pretende dar a conocer las implicaciones que esta regulación, tendrá para las empresas en los próximos años.
La OCDE y la Comisión Europea han publicado recientemente sendos documentos en los que recogen su posición sobre el impuesto mínimo global para los grupos multinacionales. En concreto, la propuesta de Directiva de la Comisión, incorpora la futura regulación al respecto, tomando como punto de partida el documento publicado por la OCDE el 20 de diciembre de 2021. Se espera que la entrada en vigor de esta normativa sea a partir del 1 de enero de 2023.
En definitiva, se incorpora la obligación de establecer un impuesto “adicional” a los grandes grupos, aquellos cuya cifra de ingresos anuales sea de 750 millones de euros o más. Para ello, si alguna entidad que lo compone tributa a un tipo efectivo inferior al 15%, se desencadena la necesidad del cálculo del impuesto “adicional” (Income Inclusion Rule), que obliga a regular de forma pormenorizada, entre otros, los siguientes aspectos:
– Entidad dominante “última” de un grupo como la entidad obligada a la que, con carácter general, se le atribuye el pago de dicho impuesto.
– Base de cálculo (resultado contable).
– Impuestos devengados computables.
– Determinación de la tasa efectiva de la jurisdicción.
– La tasa “adicional”, teniendo en cuenta el tipo mínimo del 15%, a aplicar a la base, una vez reducida en las actividades con sustancia económica (gastos de personal y activos tangibles).
Queda pues una año intenso, el 2022, en el que nuestras Autoridades tributarias han de incorporar lo previsto en la propuesta de Directiva, además de aprobar en la UE esta norma, lo que obliga a que los grandes grupos se adapten a esta nueva regla, exigiendo que los profesionales de la fiscalidad, analicen con detenimiento este nuevo paradigma en el sistema tributario nacional e internacional.
Gómez-Acebo & Pombo, mediante la creación de este Grupo pretende aportar su experiencia jurídica y económica para poder colaborar en las mejores prácticas a seguir en el nuevo entorno que esta nueva normativa crea y que afecta a la renta empresarial de los grandes grupos.
Ver noticia en Cinco Días
La OCDE y la Comisión Europea han publicado recientemente sendos documentos en los que recogen su posición sobre el impuesto mínimo global para los grupos multinacionales. En concreto, la propuesta de Directiva de la Comisión, incorpora la futura regulación al respecto, tomando como punto de partida el documento publicado por la OCDE el 20 de diciembre de 2021. Se espera que la entrada en vigor de esta normativa sea a partir del 1 de enero de 2023.
En definitiva, se incorpora la obligación de establecer un impuesto “adicional” a los grandes grupos, aquellos cuya cifra de ingresos anuales sea de 750 millones de euros o más. Para ello, si alguna entidad que lo compone tributa a un tipo efectivo inferior al 15%, se desencadena la necesidad del cálculo del impuesto “adicional” (Income Inclusion Rule), que obliga a regular de forma pormenorizada, entre otros, los siguientes aspectos:
– Entidad dominante “última” de un grupo como la entidad obligada a la que, con carácter general, se le atribuye el pago de dicho impuesto.
– Base de cálculo (resultado contable).
– Impuestos devengados computables.
– Determinación de la tasa efectiva de la jurisdicción.
– La tasa “adicional”, teniendo en cuenta el tipo mínimo del 15%, a aplicar a la base, una vez reducida en las actividades con sustancia económica (gastos de personal y activos tangibles).
Queda pues una año intenso, el 2022, en el que nuestras Autoridades tributarias han de incorporar lo previsto en la propuesta de Directiva, además de aprobar en la UE esta norma, lo que obliga a que los grandes grupos se adapten a esta nueva regla, exigiendo que los profesionales de la fiscalidad, analicen con detenimiento este nuevo paradigma en el sistema tributario nacional e internacional.
Gómez-Acebo & Pombo, mediante la creación de este Grupo pretende aportar su experiencia jurídica y económica para poder colaborar en las mejores prácticas a seguir en el nuevo entorno que esta nueva normativa crea y que afecta a la renta empresarial de los grandes grupos.
Ver noticia en Cinco Días
Tipología
Nota de prensa
Áreas y sectores
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
Litigación Tributaria
El Tribunal Supremo completa su jurisprudencia sobre la validez de las notificaciones tributarias efectuadas por medios electrónicos atendiendo a la doctrina constitucional más reciente
El cambio de la notificación en papel por la notificación electrónica realizado sin aviso previo en relación con un mismo interesado y procedimiento ignora el principio de confianza legítima y el deber de diligencia exigible a la administración e incide de modo directo en la capacidad de defensa del contribuyente.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Las notificaciones tributarias en procedimientos iniciados a instancia de quienes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración
El Tribunal Económico Administrativo Central interpreta el artículo 110.1 de la Ley General Tributaria a la vista de lo establecido en el artículo 41.3 Ley 39/2015, relativizando la posibilidad de que en los procedimientos iniciados a instancia de quienes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, éstos puedan elegir el medio por el que quieren ser notificados
Hace 2 días
PUBLICACIÓN
El Tribunal Supremo analiza, ahora en el contexto de la simulación, los servicios que los agentes de deportistas prestan a los clubes
El Tribunal Supremo analiza de nuevo, esta vez en el contexto de la simulación, si los representantes de deportistas pueden realizar, además de su labor dirigida a la contratación del jugador por un club y tareas relacionadas con ésta, otras funciones por encargo y con retribución del club, excluyendo así la consideración de tales pagos como mayor retribución del deportista
Hace 6 días
Litigación Tributaria
La ampliación del alcance de las actuaciones de comprobación limitada
El Tribunal Supremo ha establecido jurisprudencia reiterada y estricta sobre la imposibilidad de comunicar la ampliación del alcance de las actuaciones de comprobación limitada de manera simultánea a la notificación del trámite de alegaciones.
Hace 6 días
PUBLICACIÓN
Carece de efecto interruptivo de la prescripción la actuación de la Administración dirigida contra quien, por motivos de fondo, no es considerado obligado tributario
En la Sentencia de 22 de noviembre de 2024 el Tribunal Supremo se pronuncia sobre el efecto interruptivo de la prescripción de la iniciación y culminación por la Administración tributaria de un procedimiento de declaración de responsabilidad solidaria que luego es anulado por motivos de fondo
21 Jan, 2025
PUBLICACIÓN
El TEAC continúa interpretando el alcance de la cláusula antiabuso en el régimen de neutralidad fiscal
Tras haber confirmado que una aportación no dineraria de acciones incurría en el supuesto de hecho del artículo 89.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, el Tribunal Económico-Administrativo Central interpreta que el abuso cometido debe corregirse gravando en el aportante la plusvalía inicialmente diferida derivada de la existencia, en la fecha de la aportación, de beneficios pendientes de repartir, gravamen que procede en los ejercicios en los que el socio obtenga la disponibilidad, indirecta, de dichos beneficios.
21 Jan, 2025
PUBLICACIÓN
El Tribunal de Luxemburgo reitera que la retención sobre dividendos pagados a una sociedad no residente en pérdidas es contraria al Derecho de la Unión Europea
La Sentencia de 19 de diciembre de 2024, Credit Suisse Securities (Europe) Ltd y Diputación Foral de Bizkaia (C-601/23), concluye que el diferente régimen fiscal establecido por la normativa foral vizcaína constituye una discriminación fiscal prohibida por la libre circulación de capitales.
21 Jan, 2025
PUBLICACIÓN
El devengo del IVA cuando se producen pagos anticipados en entregas de bienes sucesivas realizadas en el contexto de operaciones de comisión de compra
La Dirección General de Tributos, introduciendo una aclaración sobre una consulta previa, concreta cuándo se produce el devengo del impuesto sobre el valor añadido en operaciones donde se producen varias entregas de bienes realizándose pagos anticipados
20 Jan, 2025
Litigación Tributaria
La rehabilitación del crédito incobrable no restituye per se la acción frente al responsable tributario
Analizamos la facultad de la Administración tributaria de rehabilitar un crédito tributario, su incidencia en relación con los responsables tributarios y el plazo de prescripción para declarar la responsabilidad tributaria.
15 Jan, 2025