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NOTICIA
Gómez Acebo & Pombo lanza un nuevo grupo de expertos sobre el Impuesto Mínimo Global
Gómez-Acebo & Pombo lanza un nuevo grupo especializado en el Impuesto Mínimo Global. El grupo, que estará formado por expertos fiscalistas, pretende dar a conocer las implicaciones que esta regulación, tendrá para las empresas en los próximos años.
La OCDE y la Comisión Europea han publicado recientemente sendos documentos en los que recogen su posición sobre el impuesto mínimo global para los grupos multinacionales. En concreto, la propuesta de Directiva de la Comisión, incorpora la futura regulación al respecto, tomando como punto de partida el documento publicado por la OCDE el 20 de diciembre de 2021. Se espera que la entrada en vigor de esta normativa sea a partir del 1 de enero de 2023.
En definitiva, se incorpora la obligación de establecer un impuesto “adicional” a los grandes grupos, aquellos cuya cifra de ingresos anuales sea de 750 millones de euros o más. Para ello, si alguna entidad que lo compone tributa a un tipo efectivo inferior al 15%, se desencadena la necesidad del cálculo del impuesto “adicional” (Income Inclusion Rule), que obliga a regular de forma pormenorizada, entre otros, los siguientes aspectos:
– Entidad dominante “última” de un grupo como la entidad obligada a la que, con carácter general, se le atribuye el pago de dicho impuesto.
– Base de cálculo (resultado contable).
– Impuestos devengados computables.
– Determinación de la tasa efectiva de la jurisdicción.
– La tasa “adicional”, teniendo en cuenta el tipo mínimo del 15%, a aplicar a la base, una vez reducida en las actividades con sustancia económica (gastos de personal y activos tangibles).
Queda pues una año intenso, el 2022, en el que nuestras Autoridades tributarias han de incorporar lo previsto en la propuesta de Directiva, además de aprobar en la UE esta norma, lo que obliga a que los grandes grupos se adapten a esta nueva regla, exigiendo que los profesionales de la fiscalidad, analicen con detenimiento este nuevo paradigma en el sistema tributario nacional e internacional.
Gómez-Acebo & Pombo, mediante la creación de este Grupo pretende aportar su experiencia jurídica y económica para poder colaborar en las mejores prácticas a seguir en el nuevo entorno que esta nueva normativa crea y que afecta a la renta empresarial de los grandes grupos.
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La OCDE y la Comisión Europea han publicado recientemente sendos documentos en los que recogen su posición sobre el impuesto mínimo global para los grupos multinacionales. En concreto, la propuesta de Directiva de la Comisión, incorpora la futura regulación al respecto, tomando como punto de partida el documento publicado por la OCDE el 20 de diciembre de 2021. Se espera que la entrada en vigor de esta normativa sea a partir del 1 de enero de 2023.
En definitiva, se incorpora la obligación de establecer un impuesto “adicional” a los grandes grupos, aquellos cuya cifra de ingresos anuales sea de 750 millones de euros o más. Para ello, si alguna entidad que lo compone tributa a un tipo efectivo inferior al 15%, se desencadena la necesidad del cálculo del impuesto “adicional” (Income Inclusion Rule), que obliga a regular de forma pormenorizada, entre otros, los siguientes aspectos:
– Entidad dominante “última” de un grupo como la entidad obligada a la que, con carácter general, se le atribuye el pago de dicho impuesto.
– Base de cálculo (resultado contable).
– Impuestos devengados computables.
– Determinación de la tasa efectiva de la jurisdicción.
– La tasa “adicional”, teniendo en cuenta el tipo mínimo del 15%, a aplicar a la base, una vez reducida en las actividades con sustancia económica (gastos de personal y activos tangibles).
Queda pues una año intenso, el 2022, en el que nuestras Autoridades tributarias han de incorporar lo previsto en la propuesta de Directiva, además de aprobar en la UE esta norma, lo que obliga a que los grandes grupos se adapten a esta nueva regla, exigiendo que los profesionales de la fiscalidad, analicen con detenimiento este nuevo paradigma en el sistema tributario nacional e internacional.
Gómez-Acebo & Pombo, mediante la creación de este Grupo pretende aportar su experiencia jurídica y económica para poder colaborar en las mejores prácticas a seguir en el nuevo entorno que esta nueva normativa crea y que afecta a la renta empresarial de los grandes grupos.
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¡NUEVO!
Medidas tributarias contenidas en el Real Decreto Ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio
El paquete de medidas tributarias incluido en el Real Decreto Ley 7/2026, de 20 de marzo, consta de distintos incentivos en el ámbito de la imposición personal para reducir la dependencia y fomentar el ahorro y la eficiencia energéticos, la movilidad eléctrica y el apoyo al autoconsumo y a la inversión en renovables. Asimismo, cuenta con un conjunto de medidas coyunturales aplicables al ámbito de la fiscalidad energética y de la imposición indirecta destinadas a reducir la tributación de los productos más afectados por el incremento de los precios. Por último, se llevan a cabo algunas modificaciones en diferentes impuestos locales.
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Hace 3 días
Calificación de los rendimientos obtenidos por el socio cuando actúa como garante de las operaciones financieras de su sociedad
El Tribunal Supremo determina que la retribución que percibe el socio de una entidad por actuar como garante de las operaciones financieras realizadas por la sociedad con terceros, deben calificarse como rendimientos del capital mobiliario del artículo 25.4 de la Ley 35/2006, y por tanto integrarse en la base imponible general, descartando así su encaje en el apartado 2 del artículo 25 de la ley, lo que conllevaría su integración en la base imponible del ahorro.
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Hace 1 semana
Es inconstitucional condicionar la aplicación del tipo de gravamen reducido de AJD para las sociedades de garantía recíproca, a su domiciliación en una determinada comunidad autónoma
El Tribunal Constitucional declara inconstitucional y nulo el último inciso del artículo 15.6 del Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, en virtud del cual las sociedades de garantía recíproca podían beneficiarse de un tipo reducido del 0,1% en la modalidad impositiva de actos jurídicos documentados, únicamente cuando tuviesen su «domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia».
Litigación Tributaria
26 Mar, 2026
Validez de la comprobación de valores basada en la tasación hipotecaria
Conforme a la doctrina consolidada del Tribunal Supremo, en aquellos casos en los que exista una tasación hipotecaria reciente e incorporada a la escritura de préstamo con una divergencia relevante sobre el valor declarado, el inicio de una comprobación de valores sobre la base de dicha tasación sería válido y la motivación de la propuesta adecuada, si se incorpora el certificado de tasación. En este escenario, el estándar probatorio requerido al contribuyente para enervar dicha valoración se eleva y se precisa.
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23 Mar, 2026
Efectos sobre el IRPF del donante cuando se deniega al donatario la reducción por donación de participaciones: principio de unicidad en las comprobaciones de valor
La Audiencia Nacional analiza si la liquidación definitiva dictada tras la regularización del ISD del donatario por falta de concurrencia de los requisitos previstos en el artículo 20.6 de la Ley 29/1987 para aplicar la reducción por trasmisión de participaciones, permite o no a la Administración tributaria, al regularizar el IRPF del donante, apartarse del valor del bien donado declarado y no modificado por la Administración autonómica.
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19 Mar, 2026
No es exigible la desvinculación efectiva del trabajador para aplicar la reducción por irregularidad en casos de resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral
El Tribunal Supremo determina que el requisito de la desvinculación efectiva del trabajador con la empresa que prevé el artículo 1 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para aplicar la exención por despido o cese del trabajador del artículo 7.e) de la Ley 35/2006, no es exigible en supuestos de resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral a efectos de aplicar la reducción por rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo.
Litigación Tributaria
18 Mar, 2026
Sobre la constitucionalidad del valor de referencia y las cuestiones de prueba
La Sentencia del Tribunal Constitucional 13/2026, de 12 de febrero, ha declarado la conformidad del valor de referencia con el principio de capacidad económica al constituir un sistema de cuantificación objetiva de capacidades económicas potenciales que cuenta con una justificación razonable y suficiente desde el punto de vista constitucional, y al posibilitar la estimación directa de las bases imponibles.
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18 Mar, 2026
Bélgica incumple la directiva antielusión fiscal al negar al contribuyente la deducción del impuesto sobre sociedades pagado por la sociedad extranjera controlada
Mediante su Sentencia de 26 de febrero del 2026 sobre el asunto C-524/23, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de a Directiva (UE) 2016/1164, al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para garantizar el derecho de los contribuyentes a deducir del impuesto sobre sociedades el impuesto pagado por las sociedades extranjeras controladas.
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17 Mar, 2026
Empresa familiar: no están obligadas a contratar un empleado las filiales dedicadas al arrendamiento inmobiliario que participen estructuralmente en la actividad económica de su grupo de sociedades
El Tribunal Supremo determina que el requisito de tener al menos a una persona contratada a jornada completa exigido a las entidades dedicadas al arrendamiento inmobiliario para entender que realizan efectivamente una actividad económica puede entenderse cumplido en otra entidad distinta de la arrendadora cuando ésta forme parte y se integre funcionalmente en la actividad del conjunto de las empresas del grupo.