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NOTICIA
Medidas cautelares contra Broadcom, ¿el inicio de una nueva era?
17 de octubre, 2019
El pasado 16 de octubre, la Comisión Europea anunciaba que, en el marco de su investigación sobre posibles prácticas anticompetitivas llevadas a cabo por Broadcom, había adoptado medidas cautelares contra el gigante americano.
La Comisión hacía así uso, por primera vez en 18 años, del Artículo 8 del Reglamento (CE) nº 1/2003. Este precepto autoriza al ejecutivo a adoptar, en caso de urgencia, por existir un riesgo de perjuicio grave e irreparable a la competencia, medidas cautelares contra una empresa investigada, siempre que se haya declarado la existencia prima facie de una infracción por parte de aquella.
La Comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, explicaba en su rueda de prensa que esta decisión se había adoptado para evitar un daño grave e irreparable en los mercados afectados por las prácticas de Broadcom.
Según la Comisión, en principio, Broadcom ostentaría una posición de dominio en los mercados de los circuitos de chips para (i) decodificadores de televisión, (ii) módems de fibra y (iii) módems xDSL, de la que estaría abusando, en contravención del Artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Concretamente, este abuso se habría materializado mediante la inclusión de cláusulas anticompetitivas en sus contratos con fabricantes de decodificadores y módems.
Por un lado, Broadcom estaría reforzando su probable dominio en los mercados de los circuitos de chips para decodificadores de televisión, módems de fibra y módems xDSL, mediante la imposición de obligaciones de suministro exclusivo o casi exclusivo y la oferta de otras ventajas a condición de que el cliente en cuestión comprase tales productos exclusivamente (o casi) de Broadcom.
Por otro, Broadcom estaría valiéndose de la mencionada posición de dominio para ganar poder en otro mercado distinto: el mercado de los circuitos de chips para módems por cable. Para ello, Broadcom estaría concediendo ciertas ventajas comerciales a sus clientes en los mercados donde es dominante, a cambio de que estos compren circuitos de chips para módems por cable sólo (o prácticamente sólo) de Broadcom.
Tras analizar una amplia muestra de estas cláusulas, la Comisión ha concluido que, si estas disposiciones continuaban aplicándose, varios procedimientos de contratación podrían verse afectados, incluyendo algunos relativos a la introducción del estándar WiFi 6 para módems y decodificadores de televisión. Esto resultaría en daños graves e irreparables, como la exclusión o expulsión de los competidores de Broadcom del mercado.
Por todo lo anterior, Broadcom ha sido instado a (i) no aplicar las cláusulas que la Comisión ha identificado como anticompetitivas, informando a sus clientes en consecuencia; y (ii) abstenerse de introducir nuevas cláusulas similares o con un efecto igual o equivalente en los contratos con estos clientes.
Broadcom cuenta ahora con un plazo de 30 días para cumplir con estas medidas. Estas serán de aplicación durante el plazo que resulte más corto: o bien, 3 años; o bien, mientras dure la investigación de la Comisión, que aún está en curso y para la cual no hay plazos máximos previstos.
Vestager describió esta decisión como una “ocasión especial” por ser la primera en este sentido en 18 años. Apuntó también que, si la Comisión identificase otros casos en los que existiese un riesgo de daño grave e irreparable, las medidas cautelares podrían comenzar a utilizarse con más frecuencia.
En estas circunstancias, ¿estaremos ante el principio de una nueva era en la que las medidas cautelares en las investigaciones antitrust se configuran como un instrumento de uso recurrente? Habrá que esperar para comprobarlo.
La Comisión hacía así uso, por primera vez en 18 años, del Artículo 8 del Reglamento (CE) nº 1/2003. Este precepto autoriza al ejecutivo a adoptar, en caso de urgencia, por existir un riesgo de perjuicio grave e irreparable a la competencia, medidas cautelares contra una empresa investigada, siempre que se haya declarado la existencia prima facie de una infracción por parte de aquella.
La Comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, explicaba en su rueda de prensa que esta decisión se había adoptado para evitar un daño grave e irreparable en los mercados afectados por las prácticas de Broadcom.
Según la Comisión, en principio, Broadcom ostentaría una posición de dominio en los mercados de los circuitos de chips para (i) decodificadores de televisión, (ii) módems de fibra y (iii) módems xDSL, de la que estaría abusando, en contravención del Artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Concretamente, este abuso se habría materializado mediante la inclusión de cláusulas anticompetitivas en sus contratos con fabricantes de decodificadores y módems.
Por un lado, Broadcom estaría reforzando su probable dominio en los mercados de los circuitos de chips para decodificadores de televisión, módems de fibra y módems xDSL, mediante la imposición de obligaciones de suministro exclusivo o casi exclusivo y la oferta de otras ventajas a condición de que el cliente en cuestión comprase tales productos exclusivamente (o casi) de Broadcom.
Por otro, Broadcom estaría valiéndose de la mencionada posición de dominio para ganar poder en otro mercado distinto: el mercado de los circuitos de chips para módems por cable. Para ello, Broadcom estaría concediendo ciertas ventajas comerciales a sus clientes en los mercados donde es dominante, a cambio de que estos compren circuitos de chips para módems por cable sólo (o prácticamente sólo) de Broadcom.
Tras analizar una amplia muestra de estas cláusulas, la Comisión ha concluido que, si estas disposiciones continuaban aplicándose, varios procedimientos de contratación podrían verse afectados, incluyendo algunos relativos a la introducción del estándar WiFi 6 para módems y decodificadores de televisión. Esto resultaría en daños graves e irreparables, como la exclusión o expulsión de los competidores de Broadcom del mercado.
Por todo lo anterior, Broadcom ha sido instado a (i) no aplicar las cláusulas que la Comisión ha identificado como anticompetitivas, informando a sus clientes en consecuencia; y (ii) abstenerse de introducir nuevas cláusulas similares o con un efecto igual o equivalente en los contratos con estos clientes.
Broadcom cuenta ahora con un plazo de 30 días para cumplir con estas medidas. Estas serán de aplicación durante el plazo que resulte más corto: o bien, 3 años; o bien, mientras dure la investigación de la Comisión, que aún está en curso y para la cual no hay plazos máximos previstos.
Vestager describió esta decisión como una “ocasión especial” por ser la primera en este sentido en 18 años. Apuntó también que, si la Comisión identificase otros casos en los que existiese un riesgo de daño grave e irreparable, las medidas cautelares podrían comenzar a utilizarse con más frecuencia.
En estas circunstancias, ¿estaremos ante el principio de una nueva era en la que las medidas cautelares en las investigaciones antitrust se configuran como un instrumento de uso recurrente? Habrá que esperar para comprobarlo.
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
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Gómez-Acebo & Pombo
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