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NOTICIA
Nuestro compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030
En el marco de la semana en que se conmemora el 6º Aniversario de la aprobación de la Agenda 2030 y de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), celebración impulsada por Pacto Mundial de Naciones Unidas España, compartimos las diferentes iniciativas llevadas a cabo por el Despacho y su Fundación como fruto del compromiso que hemos asumido con este llamamiento universal a la acción para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y reducir las desigualdades.
Como miembros de la Red Española del Pacto Mundial trabajamos con especial ahínco en la consecución del ODS16 “Paz justicia e instituciones sólidas” que busca promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas, para el desarrollo sostenible, así como facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.
Este es también el caso de nuestra fundación, la Fundación Fernando Pombo, que contribuye a este respecto de manera específica (pero no solo) en la meta 3 del ODS16 “Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos”. La Fundación nace en 2010 con el propósito de mejorar la vida de los más vulnerables a través del Derecho.
Por lo que, contribuimos al ODS16 de distintas maneras, entre las que cabe destacar los proyectos pro bono que desarrollamos a través de la Fundación Fernando Pombo. Nos centramos en identificar y eliminar barreras y vacíos legales que afectan al acceso y disfrute de los derechos fundamentales de los siguientes grupos de población en situación de especial vulnerabilidad con los que desde la Firma y la Fundación consideramos prioritarios trabajar:
– Víctimas de violencia de género
– Víctimas de trata de seres humanos
– Menores con problemas de salud y en exclusión social
– Personas sin hogar
– Migrantes forzosos
Con esta infografía ilustrativa mostramos nuestra implicación y compromiso con los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), tanto en cuanto nos preocupamos y tomamos acción respetando el planeta, impulsando iniciativas que contribuyan a apoyar a la comunidad, a cuidar nuestro principal activo, las personas, y buscando fórmulas de negocio responsable.
Como miembros de la Red Española del Pacto Mundial trabajamos con especial ahínco en la consecución del ODS16 “Paz justicia e instituciones sólidas” que busca promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas, para el desarrollo sostenible, así como facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.
Este es también el caso de nuestra fundación, la Fundación Fernando Pombo, que contribuye a este respecto de manera específica (pero no solo) en la meta 3 del ODS16 “Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos”. La Fundación nace en 2010 con el propósito de mejorar la vida de los más vulnerables a través del Derecho.
Por lo que, contribuimos al ODS16 de distintas maneras, entre las que cabe destacar los proyectos pro bono que desarrollamos a través de la Fundación Fernando Pombo. Nos centramos en identificar y eliminar barreras y vacíos legales que afectan al acceso y disfrute de los derechos fundamentales de los siguientes grupos de población en situación de especial vulnerabilidad con los que desde la Firma y la Fundación consideramos prioritarios trabajar:
– Víctimas de violencia de género
– Víctimas de trata de seres humanos
– Menores con problemas de salud y en exclusión social
– Personas sin hogar
– Migrantes forzosos
Con esta infografía ilustrativa mostramos nuestra implicación y compromiso con los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), tanto en cuanto nos preocupamos y tomamos acción respetando el planeta, impulsando iniciativas que contribuyan a apoyar a la comunidad, a cuidar nuestro principal activo, las personas, y buscando fórmulas de negocio responsable.
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Gómez-Acebo & Pombo
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Avances en la descarbonización del transporte: principales novedades del Real Decreto 611/2026
El nuevo real decreto transpone al ordenamiento español diversas directivas de la Unión Europea recientemente modificadas, con el propósito de avanzar en la descarbonización y dar cumplimiento a los objetivos climáticos aplicables al sector del transporte. Fija unos nuevos objetivos de uso de combustibles menos contaminantes y de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para España del 2027 hasta el 2040.
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Los correos enviados por la empresa a la plantilla durante la negociación de un acuerdo colectivo no siempre vulneran la libertad sindical
Los correos enviados por la empresa a la plantilla durante un proceso de negociación no constituyen por sí solos injerencia antisindical ni presión ilegítima, toda vez que quedan enmarcados dentro de la libertad de expresión empresarial y en la legítima defensa de los intereses empresariales.
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La exclusión de patentabilidad de los métodos quirúrgicos: ¿en qué casos una reivindicación de método «abarca» una realización quirúrgica?
La Decisión T 0941/24 de la Oficina Europea de Patentes aclara el alcance de la exclusión de patentabilidad de los métodos quirúrgicos prevista en el artículo 53c del Convenio sobre Concesión de Patentes Europeas. Según esta resolución, una reivindicación no queda excluida por el mero hecho de que el método pueda utilizarse en cirugía, sino únicamente cuando comprenda, de forma expresa o implícita, una etapa constitutiva de un tratamiento quirúrgico del cuerpo humano o animal.
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Recurso de amparo: ¿puede un formulario con campos acotados sustituir a la demanda?
El Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional de 10 de junio de 2026 sustituye la demanda de amparo por un formulario electrónico con campos acotados y una extensión máxima de 50.000 caracteres, lo que resulta cuestionable al limitar el derecho del recurrente a fundar adecuadamente su pretensión en la fase decisiva de la admisión del recurso.
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Venta de activos esenciales sin autorización de la junta y oponibilidad a terceros de dicha infracción (STS 881/2026, de 9 de junio)
El Tribunal Supremo (Sentencia 881/2026, de 9 de junio) ha considerado aplicable analógicamente el artículo 234.2 de la Ley de Sociedades de Capital en un caso en el que el administrador social dispuso de activos esenciales de la compañía sin contar con la preceptiva autorización de la junta general (art. 160 f LSC).
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Real Decreto-ley 18/2026: medidas relativas al sector eléctrico
Como continuación de Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio aprobado mediante Real Decreto-ley 7/2026, este Real Decreto-ley 18/2026 incluye medidas energéticas de calado para el sector eléctrico.
Litigación Tributaria
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No cabe mantener una liquidación tributaria con un fundamento subsidiario y alternativo una vez anulada la declaración de fraude de ley en que se basa
El Tribunal Supremo no permite a la Administración mantener una liquidación tributaria mediante un fundamento jurídico alternativo incluido de forma subsidiaria en el mismo acuerdo de liquidación tras la anulación de la declaración de fraude de ley que la originó. Esta forma de actuar provoca indefensión en el contribuyente al operar como una nueva liquidación sin haber seguido el procedimiento correspondiente.
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Principales novedades tributarias de Ley 3/2026, de 30 de junio, de Apoyo a la Empresa Familiar, de la Comunidad de Madrid
La Ley 3/2006, de 30 de junio, de Apoyo a la Empresa Familiar, de la Comunidad de Madrid, establece medidas tributarias de apoyo a la empresa familiar. Su objetivo es el de mejorar el régimen estatal de beneficios fiscales aplicables a su transmisión vía sucesión o donación, incrementando el porcentaje de reducción, flexibilizando algunos de sus requisitos y ampliando el perímetro de sus posibles beneficiarios.
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La prescripción como frontera infranqueable en la aplicación privada de los actos de competencia desleal con proyección pública
La Sentencia del Tribunal Supremo núm. 1189/2026 resuelve un caso de reclamación de daños por actos de competencia desleal con afectación del interés público (art. 7 de la LDC de 1989, actual art. 3 de la Ley de Defensa de la Competencia). El Tribunal Supremo delimita claramente que estos actos no constituyen ilícitos antitrust stricto sensu (arts. 1 y 2 LDC), sino actos de competencia desleal sometidos al régimen de la Ley de Competencia Desleal. Consecuentemente, no resulta aplicable el régimen favorable de la Directiva de Daños ni el título VI de la Ley de Defensa de la Competencia, quedando excluidos de la prescripción de cinco años.