Volver a Actualidad
NOTICIA
Nuestros equipos de Competencia de España y Portugal reconocidos por Global Competition Review
Los equipos de Competencia de Gómez-Acebo & Pombo, de España y Portugal, han sido reconocidos en el ranking GCR100 2021 de la publicación Global Competition Review. GCR 100, que publica su 21.ª edición este año, es una guía completa que reúne a los mejores equipos especialistas en derecho de la competencia de diferentes jurisdicciones.
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Como regla, una cláusula de vencimiento anticipado pactada es eficaz, aunque de otro modo el acreedor hubiera incumplido obligaciones que le correspondían
Por tanto, no se aplica la regla de que el acreedor que ha incumplido no puede resolver el contrato, y ello no porque la cláusula sea pactada, sino porque no se trata de una resolución en sentido propio
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Compensación por gastos de comida en jornada partida
La empresa puede interpretar que «compensar» los gastos por comida supone reponer los acreditados por el trabajador, especialmente si se le permite dejar de abonarlos a los teletrabajadores. Pero, si la empresa asume la obligación de proporcionar la comida, ha de hacerla efectiva.
Litigación Tributaria
¡NUEVO!
Sobre la eficacia temporal de los cambios de doctrina casacional y la protección de la confianza legítima
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acoge el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central y entiende que el cambio de doctrina jurisprudencial en relación con la tributación de los intereses de demora abonados por la Administración no permite regularizar actuaciones tributarias de los contribuyentes realizadas al amparo y en aplicación de una primera doctrina jurisprudencial, posteriormente superada, en virtud del principio de protección de la confianza legítima.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
¿Es válido el acuerdo que atribuye competencia a los tribunales de un Estado miembro de la Unión Europea cuando las partes están domiciliadas en el Reino Unido?
El artículo 25, 1, del Reglamento se aplica con independencia del domicilio de las partes. En el caso, el TJUE aclara que dicho artículo comprende las situaciones en las que dos partes domiciliadas en el Reino Unido pactaron la competencia de los tribunales austriacos antes del fin del período transitorio del Brexit (sin que este momento sea un requisito de aplicación)
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Novedades en el régimen retributivo de las instalaciones de energías renovables e impulso al almacenamiento
Novedades del Real Decreto 917/2025, de 15 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Un apunte sobre el plazo de la acción para la declaración del error judicial
La fecha a tener en cuenta como dies a quo del cómputo del plazo es la denominada «fecha/hora de envío» que aparece en la carátula del mensaje generado por LexNET
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Fiscalidad del arrendamiento de una vivienda cuando el arrendador vende sus derechos de crédito sobre las rentas futuras aplicando un descuento
La Dirección General de Tributos analiza la fiscalidad de una operación en virtud de la cual el arrendador de una vivienda vende a una empresa sus derechos de crédito futuros frente al arrendatario por un importe inferior al que tendrá que abonar el inquilino conforme a lo establecido en el contrato de arrendamiento.
PUBLICACIÓN
Hace 2 días
Novedades clave del Real Decreto 917/2025
El RD 917/2025 modifica el RD 413/2014: redefine el régimen retributivo específico, integra el almacenamiento, refuerza el control operativo del sistema e introduce condicionantes para las instalaciones de cogeneración y residuos.
PUBLICACIÓN
Hace 2 días
Se acerca el horizonte del 2027, ¿cambia mucho la jubilación?
Desde hace más de quince años sabemos que la edad de jubilación se retrasará de los sesenta y cinco a los sesenta y siete años en el 2027. Durante este tiempo se han ido aplicando normas de régimen transitorio sobre la edad y la cuantía de la pensión, pero también se ha ampliado la posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión.