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El TEAC determina que la aportación de un inmueble privativo a la sociedad de gananciales genera para el aportante una ganancia patrimonial a efectos del IRPF

icon 16 de febrero, 2024
El TEAC ha determinado que la aportación realizada por uno de los cónyuges a la sociedad de gananciales de un bien privativo —que tras dicha aportación y a efectos del IRPF, se considera de titularidad de ambos cónyuges por mitad—, supone para el aportante una alteración en la composición de su patrimonio capaz de generar una ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF.

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Autor/es

Pilar Álvarez – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Fiscal