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La indemnización por un despido anterior a la declaración de concurso cuya improcedencia se declara tras el concurso es un crédito contra la masa y no un crédito concursal

icon 22 de mayo, 2026

Aunque el despido sea anterior a la declaración de concurso, si el reconocimiento de su improcedencia y la opción por la indemnización por el empresario son posteriores, el crédito deberá ser considerado crédito contra la masa, aunque exista avenencia entre las partes si ésta también es posterior.

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Autor/es

Lourdes López – Consejera Académica

Tipología

Análisis

Áreas y sectores

Laboral

Lourdes López
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Consejera Académica
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Lourdes López
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Consejera Académica
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