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NOTICIA
GA_P incorpora dos nuevos socios en el área de Procesal
Gómez-Acebo & Pombo incorpora dos nuevos socios en el área de Procesal y Arbitraje: Almudena Larrañaga y Luis García del Río.
Luis García del Río es Abogado del Estado número uno de su promoción, habiendo prestado servicios en las Abogacías del Estado en Cáceres, Huelva y Madrid. Durante su trayectoria en el ámbito público, entre otras funciones, fue nombrado vocal asesor del Gabinete de la Ministra de Medio Ambiente. En excedencia voluntaria desde el 1 de febrero de 2001 y ya en el ámbito privado fue director de Asuntos Jurídicos de Repsol Butano, director de los Servicios Jurídicos de Upstream y GNL del Grupo Repsol, creando en 2008 junto a Almudena Larrañaga la firma García del Río & Larrañaga. Luis ha sido consejero independiente de YPF y ENAGAS.
Almudena Larrañaga, que inició su trayectoria profesional en distintas firmas internacionales, perteneció durante diez años a los Servicios Jurídicos de Repsol, primero en Repsol Butano como responsable de asuntos contenciosos y posteriormente como responsable para Europa y Norte de África de la Dirección de Asuntos Jurídicos de Upstream y GNL del Grupo.
Estas incorporaciones se enmarcan dentro de nuestro plan de crecimiento inorgánico y de los objetivos que dentro del mismo nos hemos marcado para 2023. Con ellas pretendemos apoyar el crecimiento de un área que es clave en el proyecto de la Firma, sobre todo en el ámbito del asesoramiento a grupos cotizados y en asuntos con elemento internacional (principalmente en LatAm y norte de África).
Luis García del Río es Abogado del Estado número uno de su promoción, habiendo prestado servicios en las Abogacías del Estado en Cáceres, Huelva y Madrid. Durante su trayectoria en el ámbito público, entre otras funciones, fue nombrado vocal asesor del Gabinete de la Ministra de Medio Ambiente. En excedencia voluntaria desde el 1 de febrero de 2001 y ya en el ámbito privado fue director de Asuntos Jurídicos de Repsol Butano, director de los Servicios Jurídicos de Upstream y GNL del Grupo Repsol, creando en 2008 junto a Almudena Larrañaga la firma García del Río & Larrañaga. Luis ha sido consejero independiente de YPF y ENAGAS.
Almudena Larrañaga, que inició su trayectoria profesional en distintas firmas internacionales, perteneció durante diez años a los Servicios Jurídicos de Repsol, primero en Repsol Butano como responsable de asuntos contenciosos y posteriormente como responsable para Europa y Norte de África de la Dirección de Asuntos Jurídicos de Upstream y GNL del Grupo.
Estas incorporaciones se enmarcan dentro de nuestro plan de crecimiento inorgánico y de los objetivos que dentro del mismo nos hemos marcado para 2023. Con ellas pretendemos apoyar el crecimiento de un área que es clave en el proyecto de la Firma, sobre todo en el ámbito del asesoramiento a grupos cotizados y en asuntos con elemento internacional (principalmente en LatAm y norte de África).
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Dos cuestiones sobre la legitimación pasiva del tercer poseedor en el proceso de ejecución hipotecaria
El tercer poseedor que tiene inscrito su título no necesita acreditar al acreedor la adquisición del bien hipotecado, aunque adquiere la condición de parte con independencia de la inscripción, siempre que se tenga constancia de tal titularidad
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La aplicación del «día de gracia» a la presentación de demandas en que se ejercita una acción sometida a un plazo sustantivo de prescripción o caducidad
El problema ha quedado resuelto legalmente con la reforma del artículo 135.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, pero con anterioridad lo correcto era entender que la jurisprudencia de la sala que admitía la aplicación del día de gracia a los escritos en que se ejercitaba una acción sometida a un plazo sustantivo no se había visto alterada por la Ley 42/2015, de 5 de octubre.
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11 Mar, 2026
El plazo anual del artículo III.6 de las Reglas de La Haya-Visby es de caducidad: no se puede interrumpir, pero sí suspender conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 1/2025
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09 Mar, 2026
Una precisión sobre la anotación preventiva de la demanda
Es posible la anotación preventiva de la demanda de reclamación de cuotas impagadas interpuesta por una comunidad de propietarios cuando se hace valer en ella la preferencia del crédito prevista en el artículo 9.1, e) de la Ley de Propiedad Horizontal.
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Precisiones sobre la aclaración y complemento de sentencias y autos como expedientes que hay que agotar antes de interponer el recurso de apelación en el ámbito penal
El artículo 161 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula los expedientes de rectificación, aclaración y complemento, en concordancia con el art. 267 LOPJ, como remedios de naturaleza excepcional de aplicación taxativa en los supuestos establecidos en la norma, cuya delimitación ha sido realizada por una abundante jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo.
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Precisiones sobre la tutela sumaria de la posesión
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