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NOTICIA
La visión de GA_P sobre la Agenda de Trabajo Decente | Pontos de Vista
La revista Pontos de Vista publicó un artículo sobre el evento que abordó los aspectos esenciales de la Agenda de Trabajo Decente, que tuvo lugar en la oficina de Lisboa de Gómez-Acebo & Pombo, con la participación de las abogadas del área laboral del despacho, Ana Gradiz Correia, coordinadora, Inês Garcia Beato, asociada senior y Ana Baptista Borges, asociada.
Ana Gradiz Correia, coordinadora del área laboral, afirma que «La Agenda de Trabajo Decente y la Valorización de los Jóvenes en el Mercado de Trabajo implementarán un conjunto de medidas que, en esencia, pretenden mejorar las condiciones de trabajo y permitir una mayor conciliación entre la vida personal, familiar y profesional.»
Inês Garcia Beato, asociada senior del área laboral, mencionó el tema de la Tercerización en las enmiendas, «La Tercerización en esta Agenda tenía, por un lado, una prohibición y, por otro, intentaba llevar las mayores desventajas a los proveedores que trabajan en este régimen».
Ana Baptista Borges, asociada del área laboral, habla sobre los cambios en esta Agenda en relación a los deberes de información, «Un ejemplo de esto se refiere a los contratos de duración determinada. Básicamente, lo que el legislador está haciendo aquí es densificar esta obligación de información sobre la duración previsible del contrato de duración incierta».
Ana Gradiz Correia, coordinadora del área laboral, afirma que «La Agenda de Trabajo Decente y la Valorización de los Jóvenes en el Mercado de Trabajo implementarán un conjunto de medidas que, en esencia, pretenden mejorar las condiciones de trabajo y permitir una mayor conciliación entre la vida personal, familiar y profesional.»
Inês Garcia Beato, asociada senior del área laboral, mencionó el tema de la Tercerización en las enmiendas, «La Tercerización en esta Agenda tenía, por un lado, una prohibición y, por otro, intentaba llevar las mayores desventajas a los proveedores que trabajan en este régimen».
Ana Baptista Borges, asociada del área laboral, habla sobre los cambios en esta Agenda en relación a los deberes de información, «Un ejemplo de esto se refiere a los contratos de duración determinada. Básicamente, lo que el legislador está haciendo aquí es densificar esta obligación de información sobre la duración previsible del contrato de duración incierta».
Abogado mencionado
Ana Gradiz Correia – Asociada Sénior
Ana Baptista Borges – Asociada Sénior
Áreas y sectores
Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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¡NUEVO!
Jubilación «reversible»
El Gobierno planea una reforma integral de la jubilación compatible con el trabajo por medio de la jubilación «reversible», permitiendo que se reincorporen con más facilidad al mercado de trabajo las personas que ya sean pensionistas de jubilación. Podrán hacerlo si el trabajo es a tiempo parcial, ya por cuenta ajena, ya por cuenta propia, y se aplicará también a los trabajadores autónomos siempre que, en los cinco años inmediatamente anteriores al hecho causante, el pensionista no hubiera estado dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos. La cuantía de la pensión se minorará en proporción con la reducción de la jornada del pensionista.
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05 Aug, 2025
Reclamación sobre el contenido de una mejora voluntaria y aplicación del plazo de prescripción de uno o cinco años
Cuando se discute una diferencia en el importe de la pensión —por cantidades no incluidas en la mejora voluntaria— es evidente que se reclama contra una falta de reconocimiento de una parte del derecho y no contra la falta de pago de un derecho ya reconocido. Corresponde la prescripción de cinco años
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31 Jul, 2025
No existe derecho a una indemnización adicional a la tasada por despido improcedente, salvo que una norma legal o convencional así lo imponga
Las expresiones indemnización adecuada y reparación apropiada que aparecen en las normas internacionales no se identifican o especifican con términos o elementos concretos que deban ser atendidos a la hora de fijar un importe económico determinado o de otro contenido. De ahí que el Tribunal Supremo estime que la legislación nacional, especialmente el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores, al establecer una indemnización tasada ante un despido injustificado, se ajusta a las normas internacionales. Por lo demás, se trata de normas con preceptos programáticos que no identifican elementos concretos para fijar un importe económico o de otro contenido que permita colmar la patente inconcreción de su literalidad, o su extrema vaguedad, por lo que no pueden considerarse normas directamente aplicables que desplacen la aplicabilidad de las previsiones de derecho interno.
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29 Jul, 2025
La sentencia de suplicación no puede estimar un recurso inadmitido previamente por resolución firme del Juzgado de lo Social. Doctrina unificada. Incongruencia extra petita
Se unifica doctrina para considerar vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva cuando la sentencia dictada en suplicación estima un recurso que había sido previamente inadmitido mediante resolución firme del Juzgado de lo Social. El recurso no debe examinarse ni, por ende, estimarse
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24 Jul, 2025
Actualidad Normativa N.º 52. Laboral
Se ofrece una breve reseña de las principales novedades del segundo trimestre de 2025 en materia de derecho laboral.
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23 Jul, 2025
Centro de trabajo y Convenio Colectivo aplicable
La jurisprudencia dispone que el centro de trabajo es aquel en el que presta realmente sus servicios el trabajador, siempre que constituya unidad productiva autónoma, al margen de cuestiones formales. En consecuencia, el Convenio aplicable será el de sector de la provincia en el que presta servicios.
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16 Jul, 2025
Puntos críticos sobre los «ajustes razonables» por incapacidad del trabajador
La declaración ―se entiende, firme― de la incapacidad del trabajador ya no extingue el contrato automáticamente, salvo que aquél manifieste su voluntad de no seguir trabajando. Pero la incapacidad permanente absoluta y la gran incapacidad son incompatibles con el trabajo. Por lo demás, el trabajador dispone de un plazo (¿de caducidad?) de diez días para decidir y el empresario dispone de un plazo (¿de caducidad?) de treinta días para resolver. Las empresas de menos de veinticinco trabajadores pueden valorar cuándo la obligación supone una carga excesiva, pero el resto queda al arbitrio de numerosos factores, no siempre objetivables. La empresa debe facilitar una oferta adecuada sin conocer bien de qué depende la adecuación.
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14 Jul, 2025
Vigencia, prórroga, ultraactividad y concurrencia de convenios
Para que la denuncia del Convenio no provoque ultraactividad, se requiere acordar la prórroga antes del fin de la vigencia pactada. En la prórroga, el Convenio sigue vigente, en la ultraactividad, el Convenio pierde su vigencia temporal, aunque sus normas perduren provisionalmente.
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10 Jul, 2025
Coligación entre contrato de sociedad civil y contrato de trabajo: régimen del desistimiento societario ad nutum
Una interesante sentencia sobre coligación contractual y sobre la integración del artículo 1706 del Código Civil cuando la sociedad civil con un tercero es una relación coligada a un contrato de trabajo del que el socio coligado no es parte.