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NOTICIA
Visita institucional al ICAM
El pasado 19 de junio el decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), José María Alonso, recibió a cuatro de los cinco socios directores que han llevado las riendas de Gómez-Acebo & Pombo desde su fundación. En el recuerdo, el primer socio director y fundador, Fernando Pombo.
Durante el encuentro se puso de manifiesto la estrecha relación que une al Despacho con la abogacía madrileña, puesto que son muchos los abogados de la Firma que forman parte de este colegio profesional. Gómez-Acebo & Pombo se fundó en Madrid en 1971 y pronto celebrará su 50 aniversario.

A la reunión con el decano acudieron el actual socio director Carlos Rueda y sus predecesores en el cargo: Gonzalo Ulloa (1995-1997), Fernando de las Cuevas (1998-2000) y Manuel Martín (2001-2015).
Durante el encuentro se puso de manifiesto la estrecha relación que une al Despacho con la abogacía madrileña, puesto que son muchos los abogados de la Firma que forman parte de este colegio profesional. Gómez-Acebo & Pombo se fundó en Madrid en 1971 y pronto celebrará su 50 aniversario.

A la reunión con el decano acudieron el actual socio director Carlos Rueda y sus predecesores en el cargo: Gonzalo Ulloa (1995-1997), Fernando de las Cuevas (1998-2000) y Manuel Martín (2001-2015).
Contacto para prensa

Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación

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Gómez-Acebo & Pombo
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Concepto de negocio en un proceso de fusión
Para determinar si una fusión tiene por objeto la adquisición de sociedades que mantienen un negocio, se debe evaluar si el conjunto de activos y actividades adquiridos incluye, como mínimo, un recurso económico y un proceso sustantivo que, de forma conjunta, contribuyan significativamente a la entrega de bienes o la prestación de servicios a los clientes.
Con objeto de facilitar el proceso de calificación, se puede realizar un análisis simplificado conocido como la «prueba de concentración» que verifica si sustancialmente todo el valor razonable de los activos «adquiridos» en la fusión, está concentrado en un solo activo o grupo de activos similares.
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Formato y extensión de los escritos de formalización e impugnación de los recursos de casación en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo
Un nuevo Acuerdo del Tribunal Supremo, establece el formato y los límites de los escritos de formalización e impugnación de los recursos de casación, que habrán de ir precedidos por una carátula «resumen», disponible en la web del CGPJ. Todo ello será aplicable en el plazo de veinte días.
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Régimen de impatriados: periodo de inactividad entre el cese de la relación laboral que motivó el desplazamiento y el comienzo de otra
La Dirección General de Tributos analiza la posibilidad de continuar aplicando el régimen fiscal de impatriados por parte de un sujeto acogido al régimen fiscal de impatriados, cuando se interrumpe la relación laboral o cesa en la condición de administrador que hubiese motivado el desplazamiento a territorio español, siguiendo a tal circunstancia un período de inactividad.
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Análisis de la Ley 3/2025, de 29 de abril, por la que se modifica el Concierto Económico con el País Vasco
La Ley 3/2025, de 29 de abril, por la que se modifica el Concierto Económico con el País Vasco, ha introducido una serie de novedades tributarias que afectan a múltiples figuras impositivas, algunas ya concertadas y otras nuevas, como el Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud; el Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras; o el Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco.
Litigación Tributaria
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La impugnación de sanciones sobre la base de vicios que afectan a una previa liquidación firme
Analizamos la doctrina del Tribunal Supremo acerca de la impugnación de sanciones sobre la base de vicios que afectan a una liquidación previa que es firme y los matices cuando se trata de infracciones de naturaleza formal, como sería, según el tribunal, la del artículo 192 de la Ley General Tributaria.
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Directrices de la AEVM sobre prácticas supervisoras en materia de prevención y detección del abuso de mercado en los mercados de criptoactivos (MiCA)
Las directrices europeas establecen una serie de principios generales para asegurar una supervisión efectiva del abuso de mercado en los mercados de criptoactivos, así como pautas en materia de detección y prevención que han de seguir los supervisores nacionales inspiradas, con las lógicas adaptaciones, en el régimen de abuso de mercado del Reglamento del 2014. Habrán de ser traducidas a las lenguas oficiales de la Unión, y la Comisión Nacional del Mercado de Valores comunicará a la Autoridad Europea de Valores y Mercados si las cumple o si tiene intención de cumplirlas en el plazo de dos meses desde la publicación de la traducción.
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Los límites a la concesión de la nacionalidad por los Estados miembros de la UE: el caso de Malta y la interdicción de los procedimientos transaccionales
Al establecer y aplicar un programa institucionalizado de adquisición de la nacionalidad basado en la realización de pagos o de inversiones predeterminados, la República de Malta ha incumplido las obligaciones que le imponen los artículos 20 TFUE, que crea la ciudadanía de la Unión, y 4. 3 TUE, sobre cooperación leal entre la UE y los Estados miembros.
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Coaseguro, seguro doble, seguros sobre riesgos respectivos de distintos asegurados
Una reciente sentencia sobre la aplicación del artículo 32 de la Ley del Contrato de Seguro
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La clase de acreedores con garantía real que concurren a la aprobación de un plan de reestructuración preconcursal
Se dilucidan algunos extremos relativos a la condición de miembro de la clase o clases de acreedores garantizados en el libro II del Texto Refundido de la Ley Concursal.