NOTICIA
ADEFAM y Gómez-Acebo & Pombo Abogados acuerdan promover actividades académicas en torno al marco regulatorio que afecta a la Empresa Familiar
8 de julio, 2019
La Asociación de la Empresa Familiar de Madrid (ADEFAM) ha suscrito un acuerdo estratégico con Gómez-Acebo & Pombo Abogados por el que esta última entidad se convertirá en partner exclusivo de la asociación en el campo jurídico fiscal, con el objetivo de favorecer el desarrollo de la empresa familiar en la región de Madrid.
De esta manera, las dos entidades se comprometen a poner en marcha actividades de índole formativa y académica sobre aquellos asuntos referidos a este campo de la legislación que inciden directamente en la actividad y crecimiento de las empresas asociadas.
El acuerdo ha sido firmado por el presidente de ADEFAM, Alberto Zoilo Álvarez, y el socio director de Gómez-Acebo & Pombo Abogados, Carlos Rueda.
“El marco normativo vigente que afecta a la actividad de las empresas en general está adquiriendo en los últimos tiempos una notable una extensión y complejidad, hasta el punto de que a veces se erige como una barrera en el desarrollo de la empresa. En ese contexto, contar con el asesoramiento de Gómez-Acebo & Pombo Abogados, y de su excelente cuadro de profesionales, nos proporciona la confianza de estar siempre al día de las nuevas regulaciones y contar con una excelente ayuda de cara a su implementación”, asegura Alberto Zoilo Álvarez.
Por su parte, Carlos Rueda, señala que “la estrecha colaboración que Gómez-Acebo & Pombo ha mantenido con la asociación en los últimos años nos ha permitido entender más profundamente las empresas familiares y los retos a los que se enfrenta el empresario -como compaginar el crecimiento del negocio y el relevo generacional ordenado con el cumplimiento del complejo marco normativo existente en España-. Por este motivo, estamos encantados de renovar esta colaboración y seguir poniendo nuestra experiencia al servicio del tejido empresarial madrileño a través de ADEFAM”.
Acerca de ADEFAM
La Asociación de la Empresa Familiar de Madrid (ADEFAM) agrupa en estos momentos a 99 empresas familiares madrileñas, todas ellas líderes en los respectivos sectores en los que operan. Su facturación agregada es de 14.661 millones de euros, el equivalente al 7,22% del PIB de la Comunidad de Madrid. En conjunto dan empleo a 228.429 trabajadores.
Acerca de Gómez-Acebo & Pombo
Gómez-Acebo & Pombo presta asesoramiento jurídico en todas las áreas del derecho de los negocios desde 1971. A lo largo de las últimas cinco décadas se ha consolidado como referente internacional en todos los sectores de actividad. A día de hoy, cuenta con más de 280 abogados y más de 130 personas vinculadas a la estructura de gestión. Opera desde nueve ciudades: Barcelona, Bruselas, Bilbao, Lisboa, Londres, Madrid, Nueva York, Valencia y Vigo.
Autor/es
Carlos Rueda – Senior Partner
Tipología
Nota de prensa
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
Prescripción y responsabilidad tributaria: nuevos criterios del TEAC aplicando la doctrina del Tribunal Supremo (al tiempo que se prevé reformar la Ley General Tributaria)
Los nuevos criterios del TEAC en materia de responsabilidad tributaria, aplicando la doctrina fijada por el Tribunal Supremo, al tiempo que se modifica la Ley general Tributaria en dicha materia.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Consecuencias fiscales de la pérdida sobrevenida de la exención relativa a las prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único
La DGT analiza las consecuencias que a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas tendrá la pérdida de la exención prevista para el importe de las prestaciones por desempleo en la modalidad de pago único, cuando por circunstancias sobrevenidas se produce el incumplimiento de los requisitos previstos legalmente para su aplicación
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Pago de complementos retributivos según normativa fiscal: ¿se justifica que se cobre más o menos por el mismo concepto según el lugar de residencia?
Si el convenio colectivo pudo haber acudido a la normativa tributaria estatal para establecer el importe de las dietas y gastos de locomoción, el no haberlo hecho y remitirse a la normativa tributaria, sin distinción, implica que la misma se refiera a la del lugar de residencia del trabajador
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
¿Quién puede abrir un procedimiento de insolvencia frente a una persona física que ejerce una actividad profesional independiente?
A los efectos de la apertura de un procedimiento de insolvencia, se presume que el centro de intereses principales de un particular que ejerce una actividad profesional independiente se sitúa en su centro principal de actividad, aunque no disponga en ese lugar de medios materiales o humanos para desarrollarla.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
De nuevo sobre la aplicación de las deducciones por I+D+i en ejercicios posteriores a los de su generación: la interpretación restrictiva de la Dirección General de Tributos
La Dirección General de Tributos reitera su criterio manifestado en el 2022 relativo a la deducción por actividades de I+D+i, considerando que sólo podrá aplicarse si su importe ha sido objeto de consignación en la autoliquidación del impuesto sobre sociedades correspondiente al periodo impositivo en el que se generó; en caso contrario, el contribuyente deberá instar la rectificación de dicha autoliquidación dentro del plazo de prescripción.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
También en los contratos de concesión de servicios regulares de transporte público por carretera es posible integrar solvencia con medios de terceros, sin necesidad de que participen en la agrupación licitadora
El Tribunal Supremo fija como jurisprudencia que el cumplimiento del requisito de solvencia técnica relativo a la disponibilidad del número de vehículos exigido para este tipo de contratos puede acreditarse mediante el mecanismo de integración de la solvencia por medios externos, previsto en el artículo 75 LCSP, o mediante la proposición conjunta, prevista en el artículo 80 ROTT, sin que exista incompatibilidad entre ambas formas.
¡NUEVO!
PUBLICACIÓN
Exención por reinversión de vivienda habitual: referencia a la reinversión en viviendas en construcción y a la transmisión del derecho de «leasehold»
La Dirección General de Tributos se manifiesta sobre las condiciones exigidas para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual cuando la reinversión se realiza en una vivienda en construcción, mientras que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid aborda la posibilidad de aplicar dicho beneficio fiscal cuando se transmite el derecho de «leasehold» sobre un inmueble para adquirir otra vivienda habitual.
¡NUEVO!