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NOTICIA
GA_P asesora a Berria Bikes en la venta del 49% de la sociedad a Suma Capital
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado a los socios de Berria Bikes, y a la propia sociedad, en la redacción y negociación de los correspondientes Contratos de Compraventa de participaciones y Acuerdo de Inversión y Pacto de Socios, así como en los acuerdos societarios y contratos de alta dirección pertinentes, en relación con la toma de una participación del 49% por determinados fondos gestionados por Suma Capital por un valor de 15M€ (entre cash out y cash in).
Berria Bikes, es una empresa castellano-manchega fundada en 2012 por los exciclistas profesionales hispano-suizos David y José Vitoria.
A través del fondo para empresas medianas SC Growth II, Suma Capital ha tomado el 49% de Berria en una operación combinada de compra de acciones y ampliación de capital que se ha cerrado por un importe aproximado de 15 millones de euros.
El equipo de GA_P está formado por Miguel Ángel Melero, of counsel de Mercantil, Miguel Azpeitia, asociado junior de Mercantil, Iván Escribano, asociado senior de Fiscal y Laura Castillo, asociada senior de Laboral.
Ver noticia completa.
Berria Bikes, es una empresa castellano-manchega fundada en 2012 por los exciclistas profesionales hispano-suizos David y José Vitoria.
A través del fondo para empresas medianas SC Growth II, Suma Capital ha tomado el 49% de Berria en una operación combinada de compra de acciones y ampliación de capital que se ha cerrado por un importe aproximado de 15 millones de euros.
El equipo de GA_P está formado por Miguel Ángel Melero, of counsel de Mercantil, Miguel Azpeitia, asociado junior de Mercantil, Iván Escribano, asociado senior de Fiscal y Laura Castillo, asociada senior de Laboral.
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Abogado mencionado
Miguel Ángel Melero – Counsel
Iván Escribano – Asociado Sénior
Tipología
Operación
Contacto para prensa
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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¡NUEVO!
Medidas tributarias contenidas en el Real Decreto Ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio
El paquete de medidas tributarias incluido en el Real Decreto Ley 7/2026, de 20 de marzo, consta de distintos incentivos en el ámbito de la imposición personal para reducir la dependencia y fomentar el ahorro y la eficiencia energéticos, la movilidad eléctrica y el apoyo al autoconsumo y a la inversión en renovables. Asimismo, cuenta con un conjunto de medidas coyunturales aplicables al ámbito de la fiscalidad energética y de la imposición indirecta destinadas a reducir la tributación de los productos más afectados por el incremento de los precios. Por último, se llevan a cabo algunas modificaciones en diferentes impuestos locales.
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Un giro de ciento ochenta grados en el «esquirolaje tecnológico»
El Tribunal Constitucional recupera doctrina y rechaza la posibilidad empresarial de acudir a medios técnicos (o personales) no habituales durante el desarrollo de la huelga siempre que supongan minimizar, reducir o limitar los efectos del paro laboral al mantener la actividad de la empresa.
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Calificación de los rendimientos obtenidos por el socio cuando actúa como garante de las operaciones financieras de su sociedad
El Tribunal Supremo determina que la retribución que percibe el socio de una entidad por actuar como garante de las operaciones financieras realizadas por la sociedad con terceros, deben calificarse como rendimientos del capital mobiliario del artículo 25.4 de la Ley 35/2006, y por tanto integrarse en la base imponible general, descartando así su encaje en el apartado 2 del artículo 25 de la ley, lo que conllevaría su integración en la base imponible del ahorro.
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Nueva extensión de la moratoria contable por las pérdidas «COVID» (Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio)
El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio 16/2025, mantiene la suspensión de la causa de disolución por pérdidas ya acordada previamente respecto del COVID-19, de forma que, para el ejercicio 2026 no se considerarán las pérdidas empresariales sufridas en los años 2020 y 2021 a los efectos de la causa de disolución prevista en el artículo 363.1.e) de la Ley de Sociedades de Capital.
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Es inconstitucional condicionar la aplicación del tipo de gravamen reducido de AJD para las sociedades de garantía recíproca, a su domiciliación en una determinada comunidad autónoma
El Tribunal Constitucional declara inconstitucional y nulo el último inciso del artículo 15.6 del Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, en virtud del cual las sociedades de garantía recíproca podían beneficiarse de un tipo reducido del 0,1% en la modalidad impositiva de actos jurídicos documentados, únicamente cuando tuviesen su «domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia».
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El debate sobre la indemnización variable por despido improcedente
Se mantiene el debate sobre la posible sustitución de una indemnización fija por una indemnización variable en el despido improcedente. Este análisis valora los riesgos para el empleador y también para el trabajador de aprobar una indemnización variable o híbrida.
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Validez de la comprobación de valores basada en la tasación hipotecaria
Conforme a la doctrina consolidada del Tribunal Supremo, en aquellos casos en los que exista una tasación hipotecaria reciente e incorporada a la escritura de préstamo con una divergencia relevante sobre el valor declarado, el inicio de una comprobación de valores sobre la base de dicha tasación sería válido y la motivación de la propuesta adecuada, si se incorpora el certificado de tasación. En este escenario, el estándar probatorio requerido al contribuyente para enervar dicha valoración se eleva y se precisa.
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La CNMC actualiza las indicaciones para calcular las multas a empresas y directivos por incumplimiento de la normativa de competencia
La Comunicación de la CNMC recoge la nueva metodología que seguirá para el cálculo de las multas a las empresas y a sus directivos. En primer lugar, determinará el tipo sancionador en función del volumen de negocio de la empresa infractora. En segundo lugar, comprobará que se cumpla la proporcionalidad y el carácter disuasorio de la sanción sin sobrepasar el límite legal. Como novedad incluye un apartado sobre el método de cálculo de las multas a los directivos. Estas indicaciones sustituyen a las de 2018.
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Audiencia previa en compliance y audiencia previa en despido: no necesariamente concurrentes, aunque puedan coincidir
La exigencia de audiencia previa por despido no puede derivarse del ámbito del cumplimiento normativo cuando el «Canal de conducta» se desvincula de cualquier actuación laboral, aunque se mencione en la carta de despido como marco referencial o valorativo de la conducta imputada.