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NOTICIA
GA_P asesora a Berria Bikes en la venta del 49% de la sociedad a Suma Capital
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado a los socios de Berria Bikes, y a la propia sociedad, en la redacción y negociación de los correspondientes Contratos de Compraventa de participaciones y Acuerdo de Inversión y Pacto de Socios, así como en los acuerdos societarios y contratos de alta dirección pertinentes, en relación con la toma de una participación del 49% por determinados fondos gestionados por Suma Capital por un valor de 15M€ (entre cash out y cash in).
Berria Bikes, es una empresa castellano-manchega fundada en 2012 por los exciclistas profesionales hispano-suizos David y José Vitoria.
A través del fondo para empresas medianas SC Growth II, Suma Capital ha tomado el 49% de Berria en una operación combinada de compra de acciones y ampliación de capital que se ha cerrado por un importe aproximado de 15 millones de euros.
El equipo de GA_P está formado por Miguel Ángel Melero, of counsel de Mercantil, Miguel Azpeitia, asociado junior de Mercantil, Iván Escribano, asociado senior de Fiscal y Laura Castillo, asociada senior de Laboral.
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Berria Bikes, es una empresa castellano-manchega fundada en 2012 por los exciclistas profesionales hispano-suizos David y José Vitoria.
A través del fondo para empresas medianas SC Growth II, Suma Capital ha tomado el 49% de Berria en una operación combinada de compra de acciones y ampliación de capital que se ha cerrado por un importe aproximado de 15 millones de euros.
El equipo de GA_P está formado por Miguel Ángel Melero, of counsel de Mercantil, Miguel Azpeitia, asociado junior de Mercantil, Iván Escribano, asociado senior de Fiscal y Laura Castillo, asociada senior de Laboral.
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Abogado mencionado
Miguel Ángel Melero – Counsel
Iván Escribano – Asociado Sénior
Tipología
Operación
Contacto para prensa
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
Litigación Tributaria
¡NUEVO!
El difuminado entre el conflicto en la aplicación de la norma y la simulación en la reciente doctrina del Tribunal Económico-Administrativo Central
Para el Tribunal Económico-Administrativo Central, la artificiosidad y la persecución de un ahorro fiscal no son elementos exclusivos del conflicto en la aplicación de la norma. Estas notas también pueden estar presentes en la simulación, cuyo elemento diferencial es la existencia de una finalidad de ocultación o engaño. La mera existencia de negocios artificiosos no excluye la simulación, en especial en supuestos de interposición societaria.
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Hace 2 días
Aplicabilidad del nuevo régimen de simplificación de los folletos de emisión y admisión desde el 5 de marzo de 2026
De entre las reformas de la Listing Act al régimen del folleto de emisión y admisión a negociación, son directamente aplicables a partir del 5 de marzo las relativas a la simplificación del régimen del folleto de la Unión de crecimiento y al reconocimiento de un nuevo tipo de folleto: el folleto de la Unión de seguimiento
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Hace 2 días
Responsabilidad de administradores en supuestos de «cierre de hecho» de la sociedad (SAP Madrid de 2 de octubre de 2025)
Para que prospere la acción individual de responsabilidad en supuestos de «cierre de hecho» de la sociedad no basta con que la sociedad esté en causa de disolución y no haya sido formalmente disuelta, sino que es preciso acreditar que «el cierre de hecho» impidió el pago de las deudas, pudiendo responder por deudas contraídas con anterioridad a la aceptación del cargo de administrador, pues lo que se le imputa no es el haber contraído la deuda existiendo causa de disolución (propia del régimen de responsabilidad por deudas), sino haber impedido total o parcialmente su pago al obviar un proceso ordenado de liquidación.
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Hace 4 días
El TS avala la posible aplicación a las fusiones inversas del límite previsto para la compensación de las BINs en operaciones de reestructuración empresarial
El Tribunal Supremo determina que la limitación a la compensación de las bases imponibles negativas prevista en el segundo inciso del artículo 90.3 del TRLIS —artículo 84.2 de la Ley 27/2014—, es aplicable a las operaciones de fusión inversa cuando la entidad adquirente haya generado tales créditos fiscales antes de su incorporación al nuevo grupo y los mismos ya fueron aprovechados o consumados por anteriores partícipes o socios.
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12 Feb, 2026
No cabe llevar al proceso de impugnación del acuerdo de ejercitar la acción social de responsabilidad la controversia sobre la efectiva existencia de dicha responsabilidad
La demanda de impugnación del acuerdo por el que se decide ejercitar la acción social de responsabilidad no puede convertirse en una contestación a la demanda mediante la que la sociedad ejercita la acción social de responsabilidad
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12 Feb, 2026
Desestimación judicial de la impugnación de la negativa del registrador mercantil a inscribir una cláusula estatutaria que contempla como prestación accesoria el cumplimiento de un pacto parasocial
Un juzgado de lo mercantil confirma la negativa del registrador mercantil a inscribir una cláusula estatutaria que recoge como prestación accesoria el cumplimiento de un pacto parasocial
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10 Feb, 2026
Operaciones de fusión entre sociedades íntegramente participadas por el mismo socio y aplicación del régimen de neutralidad fiscal
La Dirección General de Tributos determina que en supuestos de fusiones entre sociedades íntegramente participadas de forma directa por un mismo socio, podrá aplicarse el régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aunque no se produzca una atribución de valores al socio de la entidad absorbida, ni un aumento de capital en la sociedad absorbente.
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09 Feb, 2026
La estrategia de abstenerse en la junta general (SAP Barcelona de 31 de julio de 2025)
Se analiza críticamente la SAP Barcelona de 31 de julio de 2025, que descuenta las abstenciones voluntarias del quórum del 33% legalmente exigido para adoptar acuerdos en una sociedad limitada.
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09 Feb, 2026
Los contribuyentes no residentes sin derecho a la exención de la directiva de intereses y cánones no pueden aplicar el tipo reducido del convenio hispano-neerlandés
En el supuesto controvertido, el Tribunal Supremo confirma que la entidad perceptora del canon en la Unión Europea no es la beneficiaria efectiva, sino otra entidad residente en un territorio no comunitario, por lo que la retención aplicable es la prevista en el impuesto sobre la renta de no residentes, sin que pueda aplicarse el tipo reducido de retención previsto en el Convenio para Evitar la Doble Imposición suscrito con los Países Bajos. La controversia planteada queda enteramente regulada por el Derecho de la Unión y el principio de primacía determina que éste desplace a la norma convencional.