Volver a Actualidad
NOTICIA
Gómez-Acebo & Pombo incorpora a Madalena Caldeira como nueva responsable del departamento Laboral de su oficina de Lisboa.
Gómez-Acebo & Pombo incorpora a Madalena Caldeira como nueva responsable del departamento Laboral de su oficina de Lisboa.
Madalena Caldeira es licenciada en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Portuguesa – Escuela de Lisboa («UCP»). Tiene un postgrado en Fiscalidad por el Instituto Superior de Gestão y un postgrado en Derecho Mercantil por la UCP. En la UCP también cursó el Programa Avanzado de Fiscalidad y el Programa Avanzado de Contabilidad y Finanzas para No Financieros. Ha realizado el Curso Intensivo de Seguridad Social en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lisboa.
Mafalda Barreto, socia directora de la oficina de Gómez-Acebo & Pombo en Portugal, declaró: «Estamos encantados de anunciar la incorporación al despacho de Madalena, una abogada con una trayectoria excepcional dedicada al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Se trata de un importante refuerzo para GA_P en un área crítica del tejido empresarial, por lo que es fundamental que podamos contar con los mejores profesionales. «. Y añade: «La incorporación de una abogada con el perfil de Madalena nos permitirá prestar un servicio con características aún más sólidas y diferenciadoras. Nuestra capacidad y calidad de respuesta se ven claramente reforzadas.»
«Es con gran entusiasmo que, junto con todo el equipo, asumo el desafío de desarrollar y hacer crecer un área que desempeña un papel crucial en la promoción de relaciones laborales justas y equitativas, contribuyendo al bienestar de los trabajadores, al desarrollo económico y a la estabilidad social«, afirma Madalena Caldeira.
Madalena Caldeira es licenciada en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Portuguesa – Escuela de Lisboa («UCP»). Tiene un postgrado en Fiscalidad por el Instituto Superior de Gestão y un postgrado en Derecho Mercantil por la UCP. En la UCP también cursó el Programa Avanzado de Fiscalidad y el Programa Avanzado de Contabilidad y Finanzas para No Financieros. Ha realizado el Curso Intensivo de Seguridad Social en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lisboa.
Mafalda Barreto, socia directora de la oficina de Gómez-Acebo & Pombo en Portugal, declaró: «Estamos encantados de anunciar la incorporación al despacho de Madalena, una abogada con una trayectoria excepcional dedicada al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Se trata de un importante refuerzo para GA_P en un área crítica del tejido empresarial, por lo que es fundamental que podamos contar con los mejores profesionales. «. Y añade: «La incorporación de una abogada con el perfil de Madalena nos permitirá prestar un servicio con características aún más sólidas y diferenciadoras. Nuestra capacidad y calidad de respuesta se ven claramente reforzadas.»
«Es con gran entusiasmo que, junto con todo el equipo, asumo el desafío de desarrollar y hacer crecer un área que desempeña un papel crucial en la promoción de relaciones laborales justas y equitativas, contribuyendo al bienestar de los trabajadores, al desarrollo económico y a la estabilidad social«, afirma Madalena Caldeira.
Noticia – Cinco Dias
Noticia – Advocatus
Noticia – Executive Digest
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
La «transnacionalidad» de una decisión empresarial a efectos de información y consulta del comité de empresa europeo
Si las medidas afectan a todo el grupo en un marco de crisis global, el comité de empresa europeo tiene un interés legítimo en acceder a la información adecuada, considerándose trasnacional toda medida que tenga efecto en los trabajadores o que conlleve transferencia de actividad entre Estados.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
El estatuto en proyecto del becario en empresa
Cumpliendo con su compromiso, el Gobierno presenta el Anteproyecto del «Estatuto del Becario» con el objetivo de dotar de mayor garantía a una actividad que se desarrolla al filo de la laboralidad, pero genera una incertidumbre paralizante en el tejido empresarial y educativo.
PUBLICACIÓN
17 Nov, 2025
Cuestiones actuales sobre teletrabajo
El redescubrimiento del trabajo a distancia y del teletrabajo ha permitido crear una nueva cultura empresarial, basada en pactos colectivos o individuales, sobre las condiciones de trabajo de esta modalidad laboral. Se analizan aquí las tendencias jurisprudenciales más destacadas del último año.
PUBLICACIÓN
17 Nov, 2025
El sindicato tiene legitimación activa para solicitar la antisindicalidad de una conducta de la empresa, pero no de las consecuencias individuales para el trabajador
Si un traslado ordenado por la empresa deriva de un incumplimiento laboral del trabajador y de una posible actividad sindical previa, el sindicato tiene legitimación para reclamar la antisindicalidad empresarial, siendo el trabajador el único legitimado para solicitar la reposición en su puesto inicial
PUBLICACIÓN
11 Nov, 2025
Alcance de la prescripción laboral: la impugnación de un convenio paraliza las acciones individuales hasta la firmeza de la sentencia colectiva
Se estima la interrupción de la prescripción ante acciones individuales de reclamación de cantidad sobre cláusulas convencionales cuestionadas en un proceso de impugnación de Convenio Colectivo hasta que la sentencia dictada en este último adquiera firmeza
PUBLICACIÓN
03 Nov, 2025
¿Es lícito convocar una huelga contra la UTE o hay que individualizarla en cada una de las empresas que la componen?
Aunque la huelga se convoque dentro de un contrato administrativo licitado por una Administración Pública y desarrollado por una UTE, si la convocatoria concreta las empresas y trabajadores afectados, con objetivos y materias laborales desglosados, la huelga es lícita.
PUBLICACIÓN
28 Oct, 2025
El rescate del plan de pensiones determina la denegación del complemento de la pensión de jubilación
En el complemento para mínimos de la pensión de jubilación, se considera computable como ingreso la cantidad del rescate del plan de pensiones y no sólo la plusvalía o ganancia obtenida con el plan, como en su día dictaminara la Sala, doctrina ya modificada
PUBLICACIÓN
23 Oct, 2025
Compensación por gastos de comida en jornada partida
La empresa puede interpretar que «compensar» los gastos por comida supone reponer los acreditados por el trabajador, especialmente si se le permite dejar de abonarlos a los teletrabajadores. Pero, si la empresa asume la obligación de proporcionar la comida, ha de hacerla efectiva.