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NOTICIA
Gómez-Acebo & Pombo traslada su sede en Bruselas a una oficina ‘eco’ | El Confidencial
Pedro del Rosal en El Confidencial cuenta el traslado de nuestra oficina de Bruselas a una oficina ‘eco’.
«Es un paso ambicioso en el afianzamiento y el crecimiento del negocio del despacho aquí», explica el director de la oficina, Miguel Troncoso, «sobre todo en un momento en que las políticas de la Unión, como la agenda digital, los fondos de recuperación, el marco temporal de las ayudas de Estado o el pacto verde europeo, van a tener un impacto importante en la economía española«.
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Gómez-Acebo & Pombo
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Venta forzosa del minoritario tras el éxito de una opa obligatoria: presunción iuris tantum de precio equitativo
La STJUE (Sala Quinta) de 27 de noviembre de 2025 (asunto C-567/24, Svema Trade), en relación con el precio equitativo en las ventas forzosas (squeeze out) de los socios minoritarios al oferente que, tras una opa obligatoria, ha alcanzado un porcentaje en el capital con derecho a voto de la sociedad objeto de la opa superior al 90%, afirma que es presunción iuris tantum la consideración como precio equitativo en estas ventas forzosas el pagado en la opa obligatoria anterior y por tanto puede ser modificado por el supervisor nacional.
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Ineptitud sobrevenida, ajustes razonables y despido improcedente (no nulo)
La declaración como «no apto» del trabajador no exime a la empresa de realizar ajustes razonables por cuanto en el proceso deberá probar que ha operado conforme a las exigencias legales, de lo contrario el despido será declarado improcedente, no nulo.
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La estrategia de abstenerse en la junta general (SAP Barcelona de 31 de julio de 2025)
Se analiza críticamente la SAP Barcelona de 31 de julio de 2025, que descuenta las abstenciones voluntarias del quórum del 33% legalmente exigido para adoptar acuerdos en una sociedad limitada.
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Los contribuyentes no residentes sin derecho a la exención de la directiva de intereses y cánones no pueden aplicar el tipo reducido del convenio hispano-neerlandés
En el supuesto controvertido, el Tribunal Supremo confirma que la entidad perceptora del canon en la Unión Europea no es la beneficiaria efectiva, sino otra entidad residente en un territorio no comunitario, por lo que la retención aplicable es la prevista en el impuesto sobre la renta de no residentes, sin que pueda aplicarse el tipo reducido de retención previsto en el Convenio para Evitar la Doble Imposición suscrito con los Países Bajos. La controversia planteada queda enteramente regulada por el Derecho de la Unión y el principio de primacía determina que éste desplace a la norma convencional.
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Oferta de un MASC por burofax no contestado
Es de celebrar la interpretación flexible de los requisitos de procedibilidad impuestos con mal criterio por la Ley Orgánica 1/2025
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Consumidores electrointensivos: flexibilización temporal de los requisitos para obtener o renovar la certificación
La exoneración de la acreditación del consumo mínimo será aplicable exclusivamente a la campaña de certificación del año 2026.
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Ejecución notarial de prenda. ¿Es imperativo el artículo 1872 del Código Civil? ¿Y en qué sentido lo es? STS 1992/2025, de 22 de diciembre (ECLI:ES:TS:2025:6067)