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NOTICIA
GA_P asesora a Bonsai Partners en su inversión en Stay App
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado a Bonsai Partners en la entrada en el capital de Stay App para acelerar la internalización de la tecnológica hotelera española. La entrada en el capital de Stay amplía la presencia de Bonsai en el panorama de compañías digitales.
Stay es una empresa española dedicada al desarrollo de un software que permite a los huéspedes gestionar su estancia en un hotel desde sus propios dispositivos móviles. Stay alcanzó los 8 millones de usuarios únicos en 2021 y ofrece los servicios de más de 1.000 hoteles en 62 países.
El equipo de GA_P ha estado formado por Álvaro Mateo, Andrés Castro y Carolina Orri, socio y asociados de Mercantil.
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Stay es una empresa española dedicada al desarrollo de un software que permite a los huéspedes gestionar su estancia en un hotel desde sus propios dispositivos móviles. Stay alcanzó los 8 millones de usuarios únicos en 2021 y ofrece los servicios de más de 1.000 hoteles en 62 países.
El equipo de GA_P ha estado formado por Álvaro Mateo, Andrés Castro y Carolina Orri, socio y asociados de Mercantil.
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Abogado mencionado
Álvaro Mateo Sixto – Socio
Andrés Castro – Asociado Sénior
Tipología
Operación
Contacto para prensa
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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Automoción y Movilidad Sostenible N.º 30
Resumen de novedades legislativas y jurisprudenciales relativas al sector de la Automoción.
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Nuevos números para la prestación de servicios de atención a la clientela y de llamadas comerciales
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales ha publicado, el 14 de abril del 2026, dos resoluciones: una, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración para la prestación de servicios de atención a la clientela, y la otra, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración para la prestación del servicio de llamadas comerciales y se establecen las condiciones para su uso
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El socio mayoritario de la sociedad cuyo administrador está incurso en responsabilidad, tiene acción como tercero para exigir la indemnización derivada de un seguro de responsabilidad de administradores
¿Pero no estaría por ello reclamando como propios los daños que correspondería satisfacer a la sociedad administrada?
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Cese judicial por administrar una sociedad (STS, Sala Primera, de 5 de noviembre del 2025)
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Boletín trimestral elaborado por el Área Mercantil de Gómez-Acebo & Pombo que incluye trabajos de análisis, comentarios de jurisprudencia y notas o reseñas sobre práctica societaria en materias de interés para nuestros clientes.
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Condiciones para que las participaciones sin voto atribuyan a su titular el derecho de voto en la junta (art. 99.3 LSC)
A pesar de no haber visto aún satisfecho su derecho al dividendo mínimo previsto, el socio titular de participaciones sin voto no puede votar en una junta general celebrada antes de la expiración del plazo establecido en la Ley para la aprobación de las cuentas del primer ejercicio económico cerrado tras la creación de dichas participaciones (STS 440/2026, de 20 de marzo).