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NOTICIA
GA_P asesora a Eutelsat en un acuerdo con Hispasat para el uso del satélite Konnect de Eutelsat que refuerza la capacidad de conectividad de la operadora española
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado a Eutelsat en un acuerdo con Hispasat para el uso del satélite Konnect de Eutelsat que refuerza la capacidad de conectividad de la operadora española en España y Portugal. Con este acuerdo se impulsarán las iniciativas de reducción de la brecha digital que Hispasat tiene en marcha.
A través de este acuerdo, el operador español complementará sus capacidades actuales con las que el satélite Konnect de Eutelsat tiene sobre ambos países y, de este modo, operará y comercializará en colaboración con Eutelsat servicios de conectividad de banda ancha de calidad a 100 Mbps a los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones, según el comunicado remitido a medios.
El equipo de GA_P ha estado formado por Almudena Arpón de Mendívil, socia de Mercantil, Carlos Vázquez y Juan Ignacio Romero, socio y of counsel, respectivamente, de Público y Regulatorio.
A través de este acuerdo, el operador español complementará sus capacidades actuales con las que el satélite Konnect de Eutelsat tiene sobre ambos países y, de este modo, operará y comercializará en colaboración con Eutelsat servicios de conectividad de banda ancha de calidad a 100 Mbps a los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones, según el comunicado remitido a medios.
El equipo de GA_P ha estado formado por Almudena Arpón de Mendívil, socia de Mercantil, Carlos Vázquez y Juan Ignacio Romero, socio y of counsel, respectivamente, de Público y Regulatorio.
Abogado mencionado
Carlos Vázquez – Socio
Juan Ignacio Romero – Counsel
Tipología
Operación
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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¡NUEVO!
Como regla, una cláusula de vencimiento anticipado pactada es eficaz, aunque de otro modo el acreedor hubiera incumplido obligaciones que le correspondían
Por tanto, no se aplica la regla de que el acreedor que ha incumplido no puede resolver el contrato, y ello no porque la cláusula sea pactada, sino porque no se trata de una resolución en sentido propio
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Derecho Digital N.º 18
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¿Repercusión a los administradores sociales de las deudas y sanciones impuestas a la sociedad por una norma sectorial?
Se analiza, en definitiva, si estas formas de regreso de pagos pueden estar comprendidas en la acción social de responsabilidad contra administradores.
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Rectificación de las operaciones de pago no autorizadas o incorrectamente ejecutadas por el proveedor de servicios de pago: obligaciones del usuario
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su Sentencia de 1 de agosto del 2025, asunto C-665/23, considera que el ordenante se ve privado del derecho a la devolución del importe de una operación de pago no autorizada cuando ha tardado en notificar a su proveedor de servicios de pago dicha operación, aunque lo haya hecho en los trece meses siguientes a la fecha del adeudo. Esta interpretación de la Directiva de servicios de pago es aplicable en España (art. 43 RDL 19/2018) y parece mantenerse en el futuro Reglamento de Servicios de Pago.
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