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NOTICIA
Suministro de productos esenciales durante la crisis del Coronavirus: el papel de las autoridades de competencia
2 de abril, 2020
La prioridad de las autoridades europeas de competencia durante la pandemia provocada por el COVID-19 será procurar un suministro eficiente y competitivo de los productos esenciales.
El pasado 23 de marzo, la Comisión Europea y las autoridades de competencia de los Estados miembros de la Unión Europea emitieron a través de la Red Europea de Competencia (European Competition Network, “ECN”) un comunicado conjunto sobre la aplicación de las normas de Competencia durante esta crisis.
En particular, la ECN señaló que no intervendrá activamente contra las cooperaciones temporales entre empresas necesarias para asegurar el abastecimiento de productos escasos a los consumidores en condiciones justas. Según la ECN, no es probable que esas cooperaciones necesarias sean problemáticas desde la perspectiva del Derecho de la Competencia, al no constituir restricciones del artículo 101 TFUE y/o 53 EEE o generar eficiencias que compensan las restricciones. En esta misma línea se pronunció recientemente la Comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, que se refirió en particular a las cooperaciones entre empresas de la cadena alimentaria.
Con la intención de facilitar la valoración de las posibles cooperaciones entre empresas, la Comisión Europea ha puesto a disposición de las empresas, asociaciones y de sus asesores legales un buzón específico a través del cual podrán solicitar orientación informal acerca de cooperaciones específicas con dimensión europea, así como una guía para la realización de las consultas (más información, aquí).
La ECN también destacó la importancia de que los precios de los productos esenciales para proteger la salud de los consumidores, como las mascarillas o el gel desinfectante, se mantengan en niveles competitivos. Así, las autoridades de competencia advierten que estarán muy atentas a posibles conductas anticompetitivas como cárteles y abusos de posición de dominio en esta crisis y perseguirá a las empresas que traten de aprovecharse de ella.
En España, la CNMC y la autoridad catalana de la competencia han emitido comunicados en línea con la ECN y se han puesto a disposición de las empresas para atender consultas acerca de posibles cooperaciones transitorias entre empresas.
La CNMC ha habilitado un buzón donde centralizará todas las consultas y denuncias relacionadas con medidas y actuaciones durante la pandemia (ver más información, aquí) y ha puesto el foco en los productos sanitarios y los servicios funerarios o crematorios. Por su parte, la autoridad catalana ha anunciado que analizará los incrementos muy significativos de precios de los que tenga conocimiento para detectar posibles abusos de posición de dominio, mientras que la autoridad vasca de la competencia también ha anunciado que vigilará posibles prácticas anticompetitivas, como la fijación de precios abusivos.
El pasado 23 de marzo, la Comisión Europea y las autoridades de competencia de los Estados miembros de la Unión Europea emitieron a través de la Red Europea de Competencia (European Competition Network, “ECN”) un comunicado conjunto sobre la aplicación de las normas de Competencia durante esta crisis.
En particular, la ECN señaló que no intervendrá activamente contra las cooperaciones temporales entre empresas necesarias para asegurar el abastecimiento de productos escasos a los consumidores en condiciones justas. Según la ECN, no es probable que esas cooperaciones necesarias sean problemáticas desde la perspectiva del Derecho de la Competencia, al no constituir restricciones del artículo 101 TFUE y/o 53 EEE o generar eficiencias que compensan las restricciones. En esta misma línea se pronunció recientemente la Comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, que se refirió en particular a las cooperaciones entre empresas de la cadena alimentaria.
Con la intención de facilitar la valoración de las posibles cooperaciones entre empresas, la Comisión Europea ha puesto a disposición de las empresas, asociaciones y de sus asesores legales un buzón específico a través del cual podrán solicitar orientación informal acerca de cooperaciones específicas con dimensión europea, así como una guía para la realización de las consultas (más información, aquí).
La ECN también destacó la importancia de que los precios de los productos esenciales para proteger la salud de los consumidores, como las mascarillas o el gel desinfectante, se mantengan en niveles competitivos. Así, las autoridades de competencia advierten que estarán muy atentas a posibles conductas anticompetitivas como cárteles y abusos de posición de dominio en esta crisis y perseguirá a las empresas que traten de aprovecharse de ella.
En España, la CNMC y la autoridad catalana de la competencia han emitido comunicados en línea con la ECN y se han puesto a disposición de las empresas para atender consultas acerca de posibles cooperaciones transitorias entre empresas.
La CNMC ha habilitado un buzón donde centralizará todas las consultas y denuncias relacionadas con medidas y actuaciones durante la pandemia (ver más información, aquí) y ha puesto el foco en los productos sanitarios y los servicios funerarios o crematorios. Por su parte, la autoridad catalana ha anunciado que analizará los incrementos muy significativos de precios de los que tenga conocimiento para detectar posibles abusos de posición de dominio, mientras que la autoridad vasca de la competencia también ha anunciado que vigilará posibles prácticas anticompetitivas, como la fijación de precios abusivos.
Abogado mencionado
Andrea Díez de Uré – Asociada Sénior
Contacto para prensa
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Sandra Cuesta
Directora de Desarrollo de Negocio, Marketing y Comunicación
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
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La aplicación directa del Reglamento de bonos verdes desde el 21 de diciembre de 2024 ha supuesto la notificación a la AEVM de los primeros verificadores externos de estas emisiones conforme al régimen transitorio previsto en la norma
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El Tribunal Supremo determina que, en caso de donación de participaciones de empresas familiares, el momento en que debe determinarse el cumplimiento de los requisitos legales para disfrutar de la reducción prevista en el artículo 20.6 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, es el día en que se produce la donación
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Ayudas para la integración de la IA en los medios de comunicación
Orden TDF/1494/2024, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas para la integración de IA en las cadenas de valor de medios de comunicación, en el contexto de la Estrategia de IA 2024 —financiado por la UE— Next Generation EU
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El Tribunal Constitucional se pronuncia de nuevo sobre los límites del control judicial de los laudos arbitrales
La sentencia, después de reiterar la doctrina contenida en sentencias anteriores, por un lado, precisa que cabe el control judicial externo de los laudos arbitrales por la inaplicación de normas que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado como de orden público, pero no el control de la motivación de tal inaplicación si ésta queda constatada en el laudo; por otro lado, realiza una admonición al tribunal por el apartamiento de la doctrina del Tribunal Constitucional.
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En los poderes otorgados en el extranjero por sociedades extranjeras, el notario autorizante español debe comprobar de forma rigurosa la validez y vigencia del poder otorgado por la sociedad extranjera (juicio de suficiencia expreso y completo)
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Reforma del Estatuto de los Trabajadores a través de la Ley de eficiencia en la justicia
El legislador aprovecha la norma que promueve la eficiencia en la Justicia para reformar la normativa laboral. En dos aspectos. Uno, el concepto de retraso en el pago del salario del despido indirecto y, otro, en relación con la nulidad del despido por disfrute o solicitud de determinados permisos
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Análisis Normativo Agroalimentario, Enero 2025
Más allá de los tradicionales contenidos de normas en tramitación y disposiciones legales y reglamentarias -nacionales y europeas- llamamos en esta ocasión vuestra atención sobre dos documentos de futuro (de la aparentemente inocua serie C del Diario de la Unión) que darán mucho de sí y cuya referencia detallada se acompaña en el Boletín: se trata de dos dictámenes del Comité Económico y Social Europeo denominados respectivamente "Una transición justa para garantizar un futuro sostenible para los sistemas agroalimentarios de la UE" y "Deforestación de la selva amazónica: repercusiones para el cambio climático y el medio ambiente mundial y consecuencias para las empresas, los trabajadores y la sociedad".
Muy atentos a lo que deparen cada uno de ellos en su ámbito.
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Derecho Digital N.º 14
Se ofrecen una selección de las principales novedades legislativas y jurisprudenciales en el sector.
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Seguro «a todo riesgo», principio indemnizatorio y «valor venal» del vehículo asegurado
Cuando el coste de la reparación de los daños sufridos por un vehículo asegurado «a todo riesgo» resulte manifiestamente desproporcionado con respecto al valor del vehículo al tiempo del siniestro puede fijarse una indemnización equivalente al precio de mercado más una cantidad calculada como un porcentaje de este precio («valor de afección»)
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