Volver a Actualidad
NOTICIA
GA_P asesora a Técnicas Reunidas en su nuevo programa de pagarés
Gómez-Acebo & Pombo ha asesorado a la empresa cotizada Técnicas Reunidas, multinacional española, en su nuevo programa de valores de renta fija a corto plazo (pagarés) por un importe máximo de 175 millones de euros. En este programa, Banca March ha actuado como entidad colaboradora y asesor registrado.
Técnicas Reunidas, empresa de ingeniería centrada en el medio ambiente y la energía, recurre nuevamente al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) para potenciar, con este nuevo programa de pagarés, la diversificación de sus vías de financiación en los mercados de capitales.
Han asesorado en la operación: Augusto Piñel, socio, Jacobo Palanca y Miren Ibáñez, asociados de Mercantil.
Técnicas Reunidas, empresa de ingeniería centrada en el medio ambiente y la energía, recurre nuevamente al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) para potenciar, con este nuevo programa de pagarés, la diversificación de sus vías de financiación en los mercados de capitales.
Han asesorado en la operación: Augusto Piñel, socio, Jacobo Palanca y Miren Ibáñez, asociados de Mercantil.
Tipología
Operación
Áreas y sectores
Contacto para prensa
Más información sobre
Gómez-Acebo & Pombo
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
El «serio riesgo» de la asistencia financiera (Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 5 de mayo del 2026)
El trabajo analiza críticamente la sentencia del Tribunal Supremo de 5 de mayo del 2026 que aplica la prohibición de asistencia financiera a un supuesto de venta de autocartera con pago aplazado a los socios propios accionistas de la sociedad asistente.
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Prescripción de la acción de venta de un empresario a otros que se dedica a otro tráfico
No importa la calificación civil o mercantil de este contrato
PUBLICACIÓN
¡NUEVO!
Los incoterms como determinantes de la competencia para conocer de un litigio relativo a un contrato de compraventa de mercaderías
PUBLICACIÓN
Hace 2 días
Ratificación tácita de actos realizados por sociedad no inscrita (SAP Madrid de 20 de febrero de 2026)
Es válida una compraventa celebrada por una sociedad antes de su inscripción registral, aplicando la doctrina de la ratificación tácita que reconoce eficacia contractual a las sociedades en formación frente a terceros.
PUBLICACIÓN
Hace 6 días
Pacto parasocial omnilateral y satisfacción de dividendos en especie
El Tribunal Supremo y la Audiencia Provincial de Madrid, siguiendo doctrina jurisprudencial previa, han recordado que actúa en contra de la buena fe quien, siendo parte en un pacto parasocial omnilateral, impugna un acuerdo social adoptado en cumplimiento de dicho pacto de socios. En el caso, el pacto parasocial preveía la posibilidad de satisfacer los dividendos in natura y el acuerdo impugnado ―que fue adoptado por mayoría en la junta― atribuyó determinados bienes inmuebles a uno de los socios (con su consentimiento) en pago del dividendo que le correspondía.
PUBLICACIÓN
25 May, 2026
Cabe la acción de nulidad de un contrato de franquicia ya extinguido (STS 546/2026, de 9 abril, ECLI:ES:TS:2026:1531)
Es ésta la segunda vez que una cuestión de este tipo llega al Tribunal Supremo. Y la doctrina sigue siendo la misma: carece de importancia que el contrato esté terminado.
PUBLICACIÓN
21 May, 2026
Una vez más, pactos parasociales por encima de estatutos
No se pueden impugnar acuerdos sociales que cumplen un pacto omnilateral aunque sean contrarios a los estatutos
PUBLICACIÓN
14 May, 2026
Levantar o no levantar el velo (SAP Madrid, Sección 28.ª, núm. 347/2025, de 11 de noviembre)
No hay velo que descorrer. La personalidad jurídica es una mera técnica de imputación de normas jurídicas destinadas a humanos. Si el mandato de esas normas (legales o contractuales) resulta frustrado por dicha formulación abreviada, está justificado extender a los socios determinadas características, conocimientos, conductas u obligaciones de la sociedad (o la inversa).
PUBLICACIÓN
13 May, 2026
Consecuencias restitutorias de la resolución de un contrato de creación de una aplicación informática (Sentencia del Tribunal Supremo 502/2026, de 7 de abril)
La resolución contractual puede afectar a las cláusulas de no competencia, pero no impide que el acreedor haga un negocio de cobertura con tercero y que ello sea indemnizado ni afecta al deber de confidencialidad.