La aportación de una rama de actividad en una ampliación de capital, sin sucesión universal, no está sujeta a la normativa sobre modificaciones estructurales (STS 5737/2025, de 17 de diciembre, ECLI:ES:TS:2025:5737)
(3) La transmisión de rama de actividad como aportación en un aumento de capital es válida y no está sujeta a las normas de la segregación previstas en la ley de modificaciones estructurales cuando la transmisión no persigue la sucesión universal (por ejemplo, si se excluyen expresamente los pasivos relacionados con los activos transmitidos).

Hace 3 días
Inés Fontes, Fernando Marín de la Bárcena