La obligación de difusión de la información privilegiada en los procesos prolongados en el tiempo y la demora en la difusión bajo responsabilidad del emisor
El Reglamento delegado (UE) 2026/789, de 8 de abril, desarrolla el Reglamento de abuso de mercado en lo que respecta a la divulgación de información privilegiada en los procesos prolongados y al retraso en la divulgación. Recoge en su anexo I los supuestos y el momento en el que ha de divulgarse esta información privilegiada, y los anexos II y III enumeran, bajo el régimen general, las situaciones en las que el emisor ya no puede retrasar bajo su responsabilidad la difusión de información privilegiada (art. 17.4 del Reglamento de abuso de mercado).

¡NUEVO!
Reyes Palá