La «principal fuente de renta» calculada atendiendo a los rendimientos íntegros, cuando los netos se determinan por métodos distintos
El Tribunal Supremo, a efectos de aplicar los beneficios de empresa familiar, dirime si un contribuyente que percibe tanto rendimientos de una actividad económica como rentas del trabajo, cuyo cálculo en términos netos se ha realizado con métodos diferentes -estimación objetiva y estimación directa, respectivamente-, puede atender a los rendimientos brutos o íntegros para calcular su «principal fuente de renta».

¡NUEVO!
Pilar Álvarez